DECRETO 1156 DE 2000
(junio 19)
por el cual se separa en forma absoluta del servicio activo a un Oficial
de la Policía Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 90 del Decreto 41 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que el Inspector General de la Policía Nacional-Juez de Primera Instancia–, mediante providencia del 9 de septiembre de 1999, condenó al Teniente de la Policía Nacional Gustavo Andrés Ramírez Monroy, a la pena principal de dos (2) meses de arresto como autor responsable del delito de lesiones personales, la cual fue confirmada por el Tribunal Superior Militar con proveído de fecha 1° de diciembre de 1999;
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 87 del Decreto 41 de 1994, cuando un Oficial sea condenado por sentencia ejecutoriada a la pena principal de prisión o arresto, por la Justicia Penal Militar o por la Ordinaria, salvo el caso de condena por delitos culposos, será separado en forma absoluta de la Policía Nacional,
DECRETA:
Artículo 1°. Sepárase en forma absoluta del servicio activo de la Policía Nacional al Teniente Gustavo Andrés Ramírez Monroy, cédula de ciudadanía 80497023, quien presta sus servicios en el Comando de Policía Metropolitana de Santa Fe de Bogotá.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 19 de junio de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Defensa Nacional,
Luis Fernando Ramírez Acuña