DECRETO 75 DE 1998

Decretos 1998

DECRETO 75 DE 1998    

(enero 10)    

por el cual se modifica  el artículo 10 del Decreto 43 de 1998.    

Nota:  Derogado por el Decreto 68 de 1999.    

El  Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales  señaladas en la Ley 4ª de 1992.    

DECRETA:    

Artículo  1. Adiciónase el artículo 10 del Decreto 43 de 1998  en el sentido de que también tendrán derecho a la Prima Técnica de que trata el  Decreto 1624 de 1991,  los Asesores 210-44.    

Artículo  2. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte  efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1998.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, a 10 de enero de  1998    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Antonio J. Urdinola.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Juan Carlos Posada.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Edgar Alfonso González  Salas.              

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