DECRETO 2253 DE 1998

Decretos 1998

DECRETO 2253 DE 1998    

(noviembre 9)    

por  el cual se crea la Comisión de Estudios para formular el Plan de Desarrollo de  las Comunidades Negras.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por  el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia y el artículo 57 de la Ley 70 de 1993, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Ley 70 de 1993,  “por la cual se desarrolla el artículo transitorio 55 de la Constitución  Política”, dispuso en su artículo 57 que el Gobierno Nacional creará una  Comisión de Estudios para la formulación del Plan de Desarrollo de las  Comunidades Negras, la cual comenzará a operar una vez sea elegido Presidente  de la República y hasta la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo en el Conpes, debiendo tenerse en cuenta las propuestas de dichas  comunidades;    

Que las Comunidades Negras, una vez acordados los  términos de referencia y la metodología de selección de los miembros de la  Comisión, delegaron en la subcomisión de Desarrollo de la comisión consultiva  de alto nivel, el proceso de estudio y elección de los miembros de dicha  comisión, previa convocatoria sobre el particular,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Creación. Créase la Comisión de Estudios para formular el Plan de  Desarrollo de las Comunidades Negras para el período 1998-2002, la cual  funcionará por un término de 5 meses a partir de la expedición del presente  decreto.    

Artículo  2º. Conformación. La Comisión de Estudios para la formulación del Plan de  Desarrollo de las Comunidades Negras, se conformará de la siguiente manera:    

Coordinador General:                    

Rosa Carlina García Anaya   

Expertos:                    

    

Area Educativa:                    

Daniel Garcés Aragón   

Area Administración Pública:                    

José Robinson Tejedor Orozco   

Area de Salud:                    

Gustavo Makanaky   

Area Ambiental:                    

Ricardo Castillo Torres   

Area Social:                    

Ruth del C. Arriaga Córdoba   

Coordinadores Regionales:                    

    

Región Costa Atlántica:                    

Ana Griselda Torres Salgado   

Departamentos Valle, Nariño y Cauca Zona Norte,    

Centro, y Sur:                    

Juan Carlos Campuzano   

Departamentos Valle, Nariño y Cauca Zona Costera:                    

Jaime Perea   

Región Chocó, Urabá y Risaralda:                    

Edison Vergara   

Región de Orinoquia y Amazonia:                    

Arley José Quiñones Ortiz   

Región de Bogotá, Santanderes y Zona Cundiboyacense:                    

Jorge Campaz   

Región Antioquia y Viejo Caldas:                    

Estella del C. Mejía P.   

San Andrés y Providencia:                    

Dulph Mitchell    

Artículo 3º. Sede. La Comisión de Estudios tendrá  como sede la ciudad de Santa Fe de Bogotá y funcionará conforme al reglamento  de trabajo que la misma adopte.    

Artículo 4º. Financiación. El Gobierno Nacional, a  través del Departamento Nacional de Planeación y demás entidades comprometidas  con la Planeación y desarrollo de las Comunidades Negras, asignará los recursos  necesarios para el funcionamiento de la Comisión de Estudios.    

Artículo 5º. Faltas absolutas. En caso de falta  absoluta de alguno de los miembros de la Comisión de Estudios para formular el  Plan de Desarrollo de las Comunidades Negras, la Subcomisión de Planeación y  Desarrollo de la Comisión Consultiva de Alto Nivel de Comunidades Negras, hará  una nueva designación teniendo en cuenta las recomendaciones hechas por las  Comunidades Negras.    

Artículo 6º. Son causales de falta absoluta, la  muerte, la renuncia aceptada, la inhabilidad para el ejercicio de las funciones  públicas o la incapacidad física permanente.    

Artículo 7º. El presente Decreto rige a partir de  la fecha de su expedición, subroga el Decreto 2314 de 1994  y deroga las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 9 de noviembre  de 1998.    

ANDRES  PASTRANA ARANGO    

El  Ministro del Interior,    

Néstor  Humberto Martínez Neira.    

El  Director del Departamento Nacional de Planeación,    

Jaime  Ruiz Llano.              

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