DECRETO 1754 DE 1997
(julio 9)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 3 de 1997 del Comité Nacional de Cafeteros.
El Presidente de la República de Colombia en ejercicio de las atribuciones que le confieren los Decretos Extraordinarios 1050 y 3130 de 1968,
DECRETA:
Artículo 1º. Aprobar el Acuerdo número 3 del 3 de junio de 1997, expedido por el Comité Nacional de Cafeteros, y cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NÚMERO 3 DE 1997
(junio 3)
El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y
CONSIDERANDO:
a) Que con base en el Decreto número 2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la Federación celebraron, el 22 de diciembre de 1988, un contrato de administración y manejo del Fondo Nacional del Café y prestación de servicios;
b) que es necesario revisar las apropiaciones aforadas en el Presupuesto del Fondo nacional del Café para la vigencia del año de 1997, con el fin de actualizarlo;
c) Que el proyecto de actualización fue estudiado y aprobado por la Comisión Especial designada para tal fin, en reunión efectuada el día 20 de mayo de 1997;
d) Que según la cláusula decimoquinta del contrato de diciembre 22 de 1988, el Comité Nacional de Cafeteros es la única Corporación con facultad para asignar los recursos del Fondo Nacional del Café, y
e) Que el Comité Nacional, con el voto expreso y favorable del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, acogió en su totalidad el informe presentado por la citada Comisión de Presupuesto, el cual consta en el Acta número 3 de 1997,
ACUERDA:
Artículo 1º. Apruébase la primera actualización del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Fondo Nacional del Café para vigencia de 1997, de acuerdo con la siguiente composición:
Ingresos corrientes Miles de pesos
Por ventas de café $1.403.995.000
Ingresos por contribuciones obligatorias 97.749.000
Fondo de Protección y Recuperación Medio Ambiente 7.060.000
Ingresos financieros 40.517.100
Otros ingresos corrientes 2.300.000
Total ingresos corrientes $1.551.621.100
Egresos corrientes
Compras de café 954.080.000
Gastos de operación y comercialización del café en el interior y exterior 182.371.300
Gastos financieros 32.390.700
Transferencia Ley 9ª 94.316.000
Total egresos corrientes $1.263.158.000
Resultado neto de la operación corriente 288.463.100
Otros ingresos 3.574.700
Otros egresos
Programa de subsidio, fomento y diversificación $7.589.800
Programa de inversiones (29.739.500)
Servicios prestados al Fondo por Federacafé 68.047.400
Administración fábrica 7.936.200
Gastos varios 7.195.300
Fondo de Protección y Recuperación del Medio Ambiente 2.844.600
Amortización deuda largo plazo 76.170.000
Total otros egresos $140.043.800
Total ingresos y egresos netos (136.469.100)
Superávit de presupuesto 151.994.000
Aprobado en Santa Fe de Bogotá a los tres (3) días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete (1997).
El Presidente,
(Fdo.) Rodrigo Múnera Zuluaga.
El Secretario,
(Fdo.) Hernando Galindo Mayne.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 9 de julio de 1997».
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.