DECRETO 427 DE 1991
(febrero 13)
POR EL CUAL SE MODIFICA EL Decreto 2765 de 1989, SOBRE PRÁCTICA DE UNOS EXÁMENES DE ESTADO PARA OTORGAR TÍTULOS EN EDUCACIÓN SUPERIOR.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial de las atribuidas en el artículo 120, ordinal 12 de la Constitución Nacional y letra e) del artículo 18 del Decreto Ley 81 de 1980, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 2765 de 1989, el Gobierno Nacional autorizó al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, para que por intermedio de la Universidad de Antioquia, con domicilio en Medellín, practique examen de Estado a ciento treinta y tres (133) egresados y estudiantes de la Escuela Nacional de Arte Dramático, dependencia de Colcultura, con domicilio en Bogotá
Que en el artículo 1º del precitado decreto se fijaron términos para practicar el examen de Estado y en el artículo 2º se autorizó a la Universidad de Antioquia para otorgar el título de “Maestro en Arte Dramático” a quienes aprobaran el examen de Estado y cumplieran los requisitos de grado;
Que la Universidad de Antioquia, a través de su representante legal, manifestó que esa institución aplicará en su oportunidad el examen de Estado, pero que se halla Imposibilitada por razones de orden estatutario para otorgar títulos a quienes aprueben dicho examen.
Que no existe en la actualidad ninguna institución universitaria que se encuentre en posibilidad de otorgar el título de Maestro en Arte Dramático a los egresados de la Escuela Nacional de Arte Dramático; Que el artículo 2º de la Ley 8ª de 1979 establece que el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, es institución oficial del Sistema de Educación Postsecundaria, para los efectos previstos en dicha ley;
Que según el artículo 18, letra e) del Decreto Ley 81 de 1980, corresponde al ICFES realizar los exámenes de Estado, a través del Servicio Nacional de Pruebas o de Instituciones del Sistema de Educación Superior, en los casos que considere necesarios el Gobierno Nacional;
Que es procedente modificar los plazos para presentar los exámenes de Estado a los estudiantes egresados de la Escuela Nacional de Arte Dramático y autorizar al ICFES de manera expresa para el otorgamiento de los títulos respectivos,
DECRETA:
Artículo 1º Los diecisiete (17) egresados a que se refiere el artículo 1º del Decreto 2765 de 1989, podrán presentar su examen de Estado hasta el 30 de junio de 1991.
Los ciento dieciseis (116) estudiantes a que se refiere el literal b) del artículo antes citado, podrán presentar su examen de Estado hasta el 30 de Junio de 1994.
Artículo 2º Autorizar al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, para que, por expresa autorización del Gobierno Nacional, otorgue el título de Maestro en Arte Dramático a los ciento treinta y tres (133) egresados de la Escuela Nacional de Arte Dramático que aprueben el examen de Estado a que se refiere el Decreto 2765 de 1989 y el presente Decreto, y cumplan los requisitos de Grado.
Artículo 3º Este Decreto rige desde su publicación en el DIARIO OFICIAL.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 13 de febrero de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO,
El Ministro de Educación Nacional,
ALFONSO VALDIVIESO SARMIENTO