DECRETO 471 DE 1988
(marzo 14)
Por el cual se adiciona la planta de personal de soldados voluntarios para 1988.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 2° de la Ley 131 de 1985,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónase la planta de personal de Soldados Voluntarios fijada por medio del Decreto 211 de 1983, en 1.200 Soldados más para el Ejército.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 14 de marzo de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Ministro de Defensa Nacional,
General RAFAEL SAMUDIO MOLINA.