DECRETO 42 DE 1988
(enero 14)
por el cual se confiere una licencia no remunerada al docto Fuad Char, Ministro de Desarrollo Económico y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Decreto 2771 de 1984,
DECRETA:
Articulo 1º.-Concédese licencia no remunerada al doctor Fuad Char, Ministro de Desarrollo Económico por el período comprendido entre el dieciséis (16) de enero de 1988 y el veinticuatro (24) del mismo mes y año, debiéndose reintegrar a su funciones el veinticinco (25) de enero de 1988.
Articulo 2º.-Encárguese de las funciones de Ministro de Desarrollo Económico al señor Ministro de Obras Públicas y Transporte, doctor Luis Fernando Jaramillo Correa, mientras dure la ausencia del titular.
Articulo 3º.-El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 14 de enero de 1988.
VIRGILIO BARCO.
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Germán Montoya.