DECRETO 2380 DE 1988

Decretos 1988

DECRETO 2380 DE 1988    

(noviembre 21)    

     

Por el cual se suprimen y se crean unos cargos en el servicio  exterior, y se crea una embajada.    

     

Nota: Vigencia aplazada por el Decreto 2631 de 1988.    

     

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales  5°, 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° A partir  del 1° de enero de 1989, suprímense en el servicio exterior de la República,  los siguientes cargos:    

Un (1) Cónsul General,  Grado Ocupacional 4 EX en el Consulado General de Colombia en Atenas, Grecia,  con una asignación básica mensual de dos mil setecientos ochenta y un dólares  con 04/100 (US$ 2.781 04), cargo actualmente ocupado por el doctor Eduardo  Barajas Sandoval.    

Un (1) Auxiliar  Administrativo 8 PA (local) en el Consulado General de Colombia en Atenas,  Grecia, con una asignación básica mensual de mil ciento noventa dólares con  32/100 (US$ 1.190.32), ocupado por la señora Juanita Alvarez de Papanastasiou.    

Un (1) Auxiliar  Administrativo 7 PA (local) en el Consulado General de Colombia en Atenas,  Grecia, con una asignación básica mensual de mil treinta ocho dólares con  82/100 (US$ 1.038.82), ocupado por la señorita Efthalia Vamvacopoulou.    

     

Artículo 2° A partir  de la misma fecha, créase la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Grecia  quedando así modificado el Decreto número  642 de 1986.    

     

Artículo 3° A partir  de la misma fecha, créanse los siguientes cargos en la Embajada de Colombia  ante el Gobierno de Grecia:    

Un (1) Embajador  Extraordinario y Plenipotenciario, Grado Ocupacional 7 EX, con una asignación  básica mensual de tres mil ochocientos nueve dólares con 05/100 (US$3.809.05).    

Un (1) Segundo  Secretario, Grado Ocupacional 2 EX, encargado de las Funciones Consulares en  Atenas, con una asignación básica, mensual de mil novecientos quince dólares  con 34/100 (US$ 1915.34).    

Un (1) Auxiliar  Administrativo 8 PA (local), con una asignación básica mensual de mil ciento  noventa dólares con 32/100 (US$ 1.190.32).    

Un (1) Auxiliar  Administrativo 7 PA (local), con una asignación básica mensual de mil treinta y  ocho dólares con 82/100 (US$ 1.038.82).    

     

Artículo 4° Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con  cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

     

Artículo 5° Este Decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E.,  a 21 de noviembre de 1988.    

     

VIRGILIO BARCO    

     

El Ministro de  Relaciones Exteriores,    

JULIO LONDOÑO PAREDES.    

     

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

LUIS FERNANDO ALARCON  MANTILLA.          

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