DECRETO 123 DE 1988.
(enero 20)
por el cual se incrementa las asignaciones básicas de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores en el exterior y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
Nota: Derogado parcialmente por el Decreto 115 de 1991.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 55 de 1987,
DECRETA:
Articulo 1º.-A partir del 1º de enero de 1988, incrementase en un tres por ciento (3%) las asignaciones básicas de los funcionarios diplomáticos y del personal administrativo del servicio exterior.
Articulo 2º.- Derogado por el Decreto 115 de 1991, artículo 3º. Establécense los siguientes niveles de gastos de representación mensual par los Embajadores de Colombia en el exterior con carácter de Jefes de Misión y de grado ocupacional 7 EX y 8 EX según la clasificación que a continuación se determina:
Nivel de Misión
Valor mensual en US$
1
337
2
676
3
1.125
4
2.251
5
3.939
Articulo 3º.-Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto Ley 200 de 1987 y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1988.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 20 de enero de 1988.
VIRGILIO BARCO.
El Ministro de Comunicaciones encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, Fernando Cepeda Ulloa. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Alarcón Mantilla. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Joaquín Barreto Ruiz.