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DECRETO 116 DE 1985
(enero 14)
Por el cual se establece la escala de remuneracion de los empleos del area Tecnico-Cientifica del Instituto Nacional de Investigaciones Geologico-Mineras Ingeominas.
Nota: Derogado por el Decreto 71 de 1986, artículo 4º.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1985,
DECRETA:
Artículo 1° A partir del 1° de enero de 1985, establécese la siguiente escala de remuneración para los empleos del área Técnico-Científica del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras Ingeominas:
Grado
Asignación Básica
01
56.190
02
59.187
03
62.784
04
65.618
05
69.052
06
73.188
07
76.880
08
82.390
09
87.794
10
94.695
Artículo 2° En la escala de remuneración fijada en el artículo anterior, la primera columna señala los grados de remuneración, la segunda columna indica la asignación básica mensual establecida para cada grado.
Artículo 3° A partir del 1° de enero de 1985, reajústase en un diez por ciento (10%) el incremento de salario por antigüedad que venían percibiendo algunos funcionarios a quienes se aplica este Decreto en virtud de lo dispuesto en los Decretos extraordinarios 1042 de 1978, 305 de 1981 y 169 de 1984.
Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se desecharán.
Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto ley 169 de 1984, y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1985.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 14 de enero de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ROBERTO JUNGUITO BONNET.
El Ministro de Minas y Energía,
ALVARO LEYVA DURAN.
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
ERICINA MENDOZA SALADEN.