DECRETO 1263 DE 2024

Decretos 2024

DECRETO 1263 DE 2024    

(octubre 8)    

D.O. 52.903, octubre 8 de  2024    

por el cual se modifica el Decreto número  1223 de 2020 en lo relacionado con la composición del Consejo Directivo de  la Agencia de Renovación del Territorio (ART).    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y  legales, y en particular, las previstas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con  el Decreto Ley 2366  de 2015, la Agencia de Renovación del Territorio ART tiene por objeto  “coordinar la intervención de las entidades nacionales y territoriales en las  zonas rurales afectadas por el conflicto priorizadas por el Gobierno nacional,  a través de la ejecución de planes y proyectos para la renovación territorial  de estas zonas, que permitan su reactivación económica, social y su  fortalecimiento institucional, para que se integren de manera sostenible al  desarrollo del país”.    

Que tal como lo  establece el artículo 1° del Decreto número  159 de 2023 que modificó el artículo 3° del Decreto número  1223 de 2020, el Consejo Directivo de la Agencia para la Renovación del  Territorio (ART) está conformado entre otras personas, por el Director del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, quien además lo  presidirá.    

Que se requiere  modificar la estructura del Consejo Directivo de la Agencia de Renovación de  Tierras (ART), tomando en consideración las funciones y delegaciones que  ostentará el Ministerio del Interior respecto de la implementación del Acuerdo  Final de Paz y que no se requiere la participación y presencia Departamento  Administrativo de Función Pública en el Consejo Directivo de la ART, por no  ostentar competencia relacionada con el modelo de la misionalidad  y operatividad de la mencionada Agencia.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modificar el artículo 3° del Decreto número  1223 de 2020, el cual quedará así:    

“ARTÍCULO 3°. Consejo Directivo. El Consejo  Directivo de la Agencia para la Renovación del Territorio ART, estará integrado  por los siguientes miembros:    

1. El Ministro del  Interior.    

2. El Ministro de  Defensa Nacional    

3. El Ministro de  Agricultura y Desarrollo Rural    

4. El Ministro de  Ambiente y Desarrollo Sostenible    

5. El Director del Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República, quien lo presidirá.    

6. El Director del  Departamento Nacional de Planeación (DNP)    

7. El Director del  Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS)    

8. El Presidente de la  Agencia de Desarrollo Rural (ADR)    

9. El Director de la  Agencia Nacional de Tierras (ANT)    

10. El Consejero  Comisionado de Paz.    

11. El Director de la Unidad de  Implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la  Construcción de una Paz Estable y Duradera.    

PARÁGRAFO 1º. El Director General de la  Agencia de Renovación del Territorio (ART) asistirá a las sesiones del Consejo  Directivo con voz, pero sin voto.    

PARÁGRAFO 2º. Los ministros y directores de  Departamentos Administrativos podrán delegar su participación en viceministros  o subdirectores, respectivamente. A las sesiones del Consejo Directivo podrán  asistir otros servidores públicos, dependiendo de la naturaleza de los temas  por tratar”.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 3° del Decreto número  1223 de 2020 y deroga el Decreto número  159 de 2023.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado a 8 de octubre de 2024.    

GUSTAVO PETRO URREGO    

La Directora del Departamento Administrativo  de la Presidencia de la República,    

Laura Camila Sarabia Torres.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función  Pública,    

César Augusto Manrique  Soacha.    

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