DECRETO 816 DE 2024
(julio 4)
D.O. 52.807, julio 4 de 2024
por el cual se acepta una renuncia y se efectúa un nombramiento ordinario.
El Presidente de la República De Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en particular las conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y las previstas en el artículo 8° de la Ley 1474 de 2011 y en el numeral 5 del artículo 2.2.5.1.1 y el artículo 2.2.11.1.3 del Decreto número 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante comunicación del 2023-1-002744 de 23 de octubre de 2023, la señora Sandra Milena Ruano Reyes, identificado con cédula de ciudadanía número 35479676, presentó renuncia al empleo de Asesor código 1020 Grado 12 de la Dirección General de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (Upra).
Que el artículo 8º de la Ley 1474 de 2011, el cual modifica el artículo 11 de la Ley 87 de 1993, dispone que el Presidente de la República designará en las entidades estatales de la rama ejecutiva del orden nacional al jefe de la Unidad de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, quien será de libre nombramiento y remoción.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de renuncia. Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por la señora Sandra Milena Ruano Reyes, identificada con cédula de ciudadanía número 35479676, de Asesor código 1020 Grado 12 de la Dirección General de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (Upra).
Artículo 2°. Nombramiento. Nombrar a partir de la fecha, al señor Ómar Leonardo Murcia Ángel, identificado con la cédula de ciudadanía número 80221328 de Bogotá, D. C., en el empleo de Asesor código 1020 Grado 12 de la Dirección General de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (Upra).
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar el presente Decreto por intermedio de la Dirección General de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (Upra), al señor Ómar Leonardo Murcia Ángel y a la señora Sandra Milena Ruano Reyes.
Artículo 4°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de julio de 2024.
GUSTAVO PETRO URREGO.
La Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural,
Jhenifer Mojica Flórez.