DECRETO 99 DE 2024
(febrero 2)
D.O. 52.657, febrero 2 de 2024
por medio del cual se designa el Comisario General para la participación en la exposición internacional “Expo Osaka 2025.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales, legales y, en especial de las conferidas en el artículo 189, numeral 2 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 16 de la Ley 52 de 1930 y el artículo 4° del Decreto número 1510 de 2014 y,
CONSIDERANDO:
Que en el año 2025 se llevará a cabo en la ciudad de Osaka, Japón, la exposición internacional “Expo Osaka 2025”, convocada bajo el lema: “Diseñar la sociedad del futuro para nuestras vidas”.
Que Expo Osaka 2025, representa la continuación de Expo Dubái 2020, y se encuentra dirigida en el marco de la Convención Relativa a las Exposiciones Internacionales, a la enseñanza de las mejores prácticas en la satisfacción de las necesidades de la civilización, el conocimiento de los adelantos alcanzados en cada uno de los campos a los que se circunscribe la misma, y las perspectivas existentes hacia el futuro.
Que en Expo Osaka 2025, se trabajarán tres (3) ejes temáticos, bajo el lema “Diseñar la sociedad del futuro para nuestras vidas”, consistentes en: Salvando Vidas, Empoderando Vidas y Conectando Vidas.
Que resulta de vital importancia para Colombia dar a conocer y a la vez advertir cuáles son las mejores prácticas desarrolladas a nivel internacional de estos tres ejes, para así continuar en la edificación de políticas asertivas dirigidas a la modernización, tecnificación y posicionamiento internacional del país.
Que Expo Osaka 2025, se constituye para Colombia, en una excelente oportunidad de promoción política, económica, cultural, y ambiental y en una vitrina privilegiada, para un país donde los indicadores económicos muestran una economía estable, y una inigualable oportunidad para fortalecer las relaciones políticas y económicas con países participantes de los cinco continentes, aprovechando una plataforma global que se activa cada cinco años y que reúne millones de visitantes durante los seis meses de realización del evento.
Que se hace necesario designar un Comisario General de Colombia encargado de representar al Gobierno Nacional ante las autoridades de Expo Osaka 2025 para todo lo concerniente a la planeación, organización y ejecución de las actividades relacionadas con la participación de Colombia en dicho evento.
Que el Decreto número 1510 de 2014, “por el cual se regula la participación del Estado colombiano en las exposiciones internacionales oficialmente registradas o exposiciones internacionales oficialmente reconocidas por la Oficina Internacional de Exposiciones”, señala en su artículo 4° lo siguiente:
Artículo 4°. Del comisario general. El Estado colombiano, para cada exposición internacional oficialmente registrada o exposición internacional oficialmente reconocida por la Oficina Internacional de Exposiciones en la que el Gobierno decida participar, tendrá un Comisario General en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15 de la “Convención referente a las Exposiciones Internacionales, su Protocolo y el Protocolo de firma”, suscrita en París, República Francesa, el 22 de noviembre de 1928. El Comisario General será designado por decreto para cada exposición en particular.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 7° del Decreto número 1510 de 2014 los recursos que la Comisión Intersectorial obtenga para garantizar la participación del Estado colombiano en las exposiciones internacionales a las que el Gobierno nacional decida asistir, deberán transferirse al Fideicomiso Proexport, hoy ProColombia, manteniendo su independencia y se sujetarán para su manejo a la normatividad vigente y según las políticas definidas al interior del citado fideicomiso.
Que, por lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Desígnese como Comisario General para la participación en la exposición internacional “Expo Osaka 2025”, al doctor Agustín Ignacio Vélez Bustillo, identificado con la cédula de ciudadanía número 9090789.
Artículo 2°. Viáticos y pasajes. Los viáticos y pasajes que ocasione el cumplimiento de las actividades del Comisario General para Expo Osaka 2025, se pagarán conforme a los presupuestos legales contenidos en el Decreto número 1510 de 2014, “por el cual se regula la participación del Estado colombiano en las exposiciones internacionales oficialmente registradas o exposiciones internacionales oficialmente reconocidas por la Oficina Internacional de Exposiciones”.
Artículo 3°. Comunicación. Corresponde a la Secretaría General de ProColombia comunicar el presente decreto al doctor Agustín Ignacio Vélez Bustillo.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de febrero de 2024.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Álvaro Leyva Durán.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Germán Umaña Mendoza.