DECRETO 011 DE 2024
(enero 12)
D.O. 52.636, enero 12 de 2024
por el cual se designa Superintendente de Industria y Comercio ad hoc.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto número 2175 del catorce (14) de diciembre de 2023, se encargó del empleo de Superintendente, Código 0030, Grado 25 de la Superintendencia de Industria y Comercio a la doctora María Paula Belén Arenas Quijano, directora de Inversión Extranjera y Servicios del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Que, mediante comunicación recibida por correo electrónico, el veinte (20) de diciembre de 2023, la doctora Arenas Quijano manifestó impedimento ante el señor Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en los siguientes términos:
“Me declaro impedida para conocer y decidir todos los asuntos que deba atender en ejercicio de mis funciones de Superintendente de Industria y Comercio encargada, en relación con las actuaciones administrativas que serán identificadas a continuación y que fueron trasladadas por el Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia a este Despacho:
22-083714
17-150510
21-116378
21-493853
22-328997
22-398404
22-367005
22-398403
22-481240
22-363413
19-80284
18-274572
19-166037
14-287076
(…)
“1.1.1 Que mediante la Resolución número 83178 del 13 de noviembre de 2018, mi cónyuge, ISMAEL BELTRÁN PARDO, fue nombrado coordinador del Grupo de Trabajo Élite contra Colusiones, adscrito al Despacho del Superintendente Delegado para la protección de la Competencia perteneciente a la Superintendencia de Industria y Comercio. Dicha vinculación finalizó el 1° de junio de 2022, una vez se aceptó su renuncia por medio de la Resolución número 32041 del 25 de mayo de 2022.
1.1.2. En el ejercicio de su función como Coordinador del Grupo de Trabajo Élite contra Colusiones para la época, ISMAEL BELTRÁN PRADO conoció los siguientes asuntos que estuvieron a su cargo:
(…)
En este orden de ideas, este es el momento procesal oportuno para manifestarle que, en mi opinión, me encuentro impedida para conocer de las actuaciones administrativas relacionadas en el cuadro número 1 de este documento, en consideración a que se configuraría lo establecido en la causal contenida en el numeral 2 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.
(…)
Se configura la causal de impedimento mencionada por cuanto mi cónyuge, ISMAEL BELTRÁN PARDO, cuando tuvo la condición de Coordinador del Grupo de Trabajo Élite contra Colusiones de esta Superintendencia conoció de las actuaciones administrativas referidas en el cuadro número 1 del presente documento”.
Que el señor Ministro de Comercio, Industria y Turismo estudió la manifestación de impedimento formulada por la doctora María Paula Arenas, Superintendente de Industria y Comercio encargada, y en aplicación del numeral 2 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 – Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, expidió la Resolución número 1522 del 22 de diciembre de 2023, por medio de la cual aceptó el impedimento y ordenó el envío de los documentos correspondientes a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República para la designación de servidor público ad hoc.
Que, en consecuencia, procede designar Superintendente de Industria y Comercio ad hoc, para conocer y decidir sobre las siguientes actuaciones administrativas puestas en conocimiento del Despacho de la Superintendente de Industria y Comercio, según la etapa en que se encuentren: 1. 22-083714; 2. 17-150510; 3. 21-116378; 4. 21-493853; 5. 22- 328997; 6. 22-398404; 7. 22-367005; 8. 22-398403; 9. 22-481240; 10. 22-363413; 11. 19- 80284; 12. 18-274572; 13. 19-166037; 14. 14-287076, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar como Superintendente de Industria y Comercio ad hoc de la Superintendencia de Industria y Comercio, al doctor JORGE EDUARDO CABRERA JARAMILLO, identificado con cédula de ciudadanía número 79554571 de Bogotá, quien se desempeña como Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios, Código 0110, Grado 23, de la Superintendencia de Sociedades, para conocer y decidir sobre las siguientes actuaciones administrativas puestas en conocimiento del Despacho de la Superintendente de Industria y Comercio, según la etapa en que se encuentren:
1. 22-083714
2. 17-150510
3. 21-116378
4. 21-493853
5. 22-328997
6. 22-398404
7. 22-367005
8. 22-398403
9. 22-481240
10. 22-363413
11. 19-80284
12. 18-27 4572
13. 19-166037
14. 14-287076
Artículo 2°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de enero de 2024.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Germán Umaña.