DECRETO 999 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 999 DE 2021    

(agosto 26)    

D.O. 51.778, agosto 26 de  2021    

por el cual se designa alcalde ad hoc del  municipio de Palmira, departamento del Valle del Cauca.    

El Ministro del Interior de la República de Colombia,  Delegatario de Funciones Presidenciales mediante Decreto  número 954 de 20 de agosto de 2021, en ejercicio de sus atribuciones  constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio TRD 2021-100.11.44.33 de 20 de abril de  2021, complementado a través del oficio TRD-2021-100.11.44.37 de 23 del mismo  mes y año, dirigidos a la Registraduría Especial del Estado Civil de Palmira y,  a su vez trasladados a la Procuraduría Regional del Valle del Cauca, el señor  Oscar Eduardo Escobar García, alcalde del municipio de Palmira, departamento  del Valle del Cauca, manifestó su impedimento para la “implementación de los  protocolos de bioseguridad en la recolección de firmas, así como, del respectivo  control y vigilancia de dicha actividad” invocando la causal de impedimento  prevista en el numeral 1º del artículo 11 de la Ley 1437 del 2011.    

Que mediante auto de 30 de junio de 2021, proferido dentro del  proceso con radicación IUS E-2021-226215 / IUC D-2021, la Procuradora Regional  del Valle del Cauca (AF), aceptó el impedimento manifestado por el señor Óscar  Eduardo Escobar García, alcalde municipal de Palmira, para ejercer el efectivo  control y vigilancia de los protocolos de bioseguridad durante el proceso de  revocatoria del mandato que cursa en su contra, encontrando configurada la  causal de impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de  un funcionario ad hoc.    

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento  Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre  de 2016, mediante el cual precisó que “(… ) será de competencia del  Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o  territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de  libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para  realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter  transitorio ( … )”, mediante correo electrónico de 13 de agosto de 2021, se  allegó al Ministerio del Interior el Oficio 1.140-15.1.1026902 de la misma  fecha, a través del cual el gobernador (e) del departamento del Valle del  Cauca, remitió la hoja de vida del doctor Salvador Rodríguez Machado,  funcionario vinculado al mismo ente territorial, para ser designado como  alcalde ad hoc del municipio de Palmira, Valle del Cauca.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3.    

Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de  moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al alcalde ad  hoc del municipio de Palmira, Valle del Cauca.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  a través del Radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación alcalde ad hoc de Palmira. Designar  como alcalde ad hoc del municipio de Palmira, departamento del Valle del Cauca,  al doctor Salvador Rodríguez Machado, identificado con la cédula de  ciudadanía número 6.310.108, quien se desempeña en el cargo de jefe de Oficina  en la Secretaría General de la gobernación del Valle del Cauca, para atender lo  pertinente a la vigilancia del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad  en la fase de recolección de apoyos ciudadanos, dentro del proceso de  revocatoria del mandato promovido en contra del señor Oscar Eduardo Escobar  García, de conformidad con la parte motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado en este acto  deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los  términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina  Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto  al alcalde ad hoc designado en este acto, al alcalde titular del municipio de  Palmira, a la gobernación del Valle del Cauca, a la Procuraduría Regional del  Valle del Cauca y a la Registraduría Especial del Valle del Cauca.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de agosto de 2021.    

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios Martínez.    

               

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