DECRETO 996 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO 996 DE 2023    

(junio 20)    

D.O. 52.433, junio 21 De 2023    

por el cual se acepta la  renuncia de la Notaria Primera del Círculo Notarial de Chinchiná- Caldas.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las conferidas por los artículos 144 numeral 1 del Decreto Ley 960 de  1970, 5 del Decreto Ley 2163  de 1970, en concordancia con el artículo 2.2.6.1.5.3.9 numeral 2 del Decreto número  1069 de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que la señora Luz Marina  Valencia Peláez, identificada con la cédula de ciudadanía número 31268188 de  Cali, Notaria Primera (1) en propiedad del Círculo Notarial de  Chinchiná-Caldas, nombrada por el Gobierno nacional mediante Decreto  1182 del 11 de julio de 2017, presentó renuncia al cargo a través de  escrito del 31 de mayo de 2023.    

Que teniendo en cuenta lo  preceptuado en el artículo 144 del Decreto Ley 960 de  1970, el cargo de notario se pierde por aceptación de la renuncia.    

Que el artículo 2.2.6.1.5.3.9  del Decreto  número 1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector  Justicia y del Derecho, establece como una “falta absoluta del notario” la  renuncia aceptada.    

Que el artículo 150 del Decreto Ley 960 de  1970 dispone que “El Notario no podrá separarse del desempeño de sus  funciones, mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo”.    

Que, de conformidad con la  norma anterior, la señora Luz Marina Valencia Peláez no podrá separarse del  desempeño de sus funciones, mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba  remplazarla.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptación de  Renuncia. Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por la señora  Luz Marina Valencia Peláez, identificada con la cédula de ciudadanía número  31268188 de Cali, al cargo de Notaria Primera (1) en propiedad del Círculo  Notarial de Chinchiná-Caldas, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva  de este acto administrativo.    

Parágrafo. La señora Luz Marina  Valencia Peláez no podrá separarse del desempeño de sus funciones, mientras no  se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarla.    

Artículo 2°. Comunicación. Comunicar  el contenido del presente decreto a través del Ministerio de Justicia y del  Derecho.    

Artículo 3°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de  junio de 2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

El Ministro de Justicia y del  Derecho,    

Néstor Iván Osuna Patiño.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *