DECRETO 990 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 990 DE 2021     

(agosto 25)    

D.O. 51.777, agosto 25 de 2021    

por el cual se designa  alcaldesa ad hoc del municipio de Bojayá, departamento del Chocó.    

El Ministro del Interior de la  República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales mediante Decreto  954 de 20 de agosto de 2021, en ejercicio de sus atribuciones  constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio de 22 de  junio de 2021, el señor Edilfredo Machado Valencia,  alcalde del municipio de Bojayá, departamento del Chocó, manifestó su  impedimento ante la Procuraduría Regional del Chocó para “ejercer las funciones  de control y vigilancia que corresponde realizar en la recolección de firmas  del mecanismo de revocatoria promovido por el señor Jesús Velásquez Victoria,  que permita el cumplimiento a la Resolución 1513 y 666 del 2020, protegiendo de  la misma forma, el debido proceso que consagra el artículo 29 de la Constitución Nacional”,  razón por la cual, invocó la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del  artículo 11 de la Ley 1437 de 2011;    

Que mediante auto de 6 de julio  de 2021, proferido dentro del proceso con Radicación IUS: E-2021-269860, el  Procurador Regional del Chocó aceptó el impedimento manifestado por el señor Edilfredo Machado Valencia, alcalde municipal de Bojayá,  Chocó, para “efectuar la función de vigilancia y control del cumplimiento de  las medidas de bioseguridad para el manejo y control del Coronavirus –  Covid-19, en la actividad de recolección de apoyos adelantada por el comité  promotor de la iniciativa de revocatoria del mandato” que cursa en su contra,  encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente,  solicitó la designación de un funcionario ad hoc;    

Que en virtud del concepto  emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número  20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…)  será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante comunicación radicada  en ·el Ministerio del Interior bajo la PQRSD-064465 de 10 de agosto de 2021, el  gobernador del Chocó remitió la hoja de vida de la señora Yasmina Chaverra  Mena, funcionaria vinculada al mismo ente territorial, para ser designada como  alcaldesa ad hoc para el municipio de Bojayá, Chocó;    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°;    

Que, con el fin de dar  cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se  procederá a designar alcaldesa ad hoc del municipio de Bojayá, Chocó;    

Que de conformidad con el  artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través  del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203);    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación  alcaldesa ad hoc de Bojayá. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de  Bojayá, departamento del Chocó, a la señora Yasmina Chaverra Mena, identificada  con la cédula de ciudadanía número 35604752, quien se desempeña en el cargo de  asesor, Código 105, Grado 01 de la Secretaría General de la Gobernación del Chocó,  para ejercer la función de control y vigilancia del cumplimiento de las medidas  de bioseguridad para el manejo y control del Coronavirus, Covid-19, en la  actividad de recolección de firmas adelantada por el comité de la iniciativa de  la revocatoria del mandato que cursa en contra del señor Edilfredo  Machado Valencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente  decreto.    

Artículo 2°. Posesión. La  alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la  instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior,  el contenido del presente decreto a la alcaldesa ad hoc designada en este acto,  al alcalde titular del municipio de Bojayá, a la gobernación del Chocó, a la  Procuraduría Regional del Chocó y a la Registraduría Nacional del Estado Civil.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de  agosto de 2021.    

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios  Martínez.    

               

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