DECRETO 973 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 973 DE 2020     

(julio  7)    

D.O. 51.368, julio 7 de 2020    

por  el cual se hace una designación en provisionalidad en un cargo de Carrera  Diplomática y Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,  en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  los artículos 60, 61·y 62 del Decreto ley 274 de  2000 y los artículos 2.2.2.7.3 y 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015,    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 60 del  Decreto ley 274 de  2000, por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la  Carrera Diplomática y Consular, establece que, en virtud del principio de  especialidad, podrán designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a  personas que no pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente  sobre la materia no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y  Consular para proveer dichos cargos.    

Que de acuerdo con la  certificación I-GCDA-20-000895-17 del 26 de junio de 2020, expedida por el  Director de Talento Humano, revisado el escalafón de Carrera Diplomática y  Consular y teniendo en cuenta los literales a) y b) del artículo 37, y el  artículo 53 del Decreto ley 274 de  2000, se constata que para la categoría de Primer Secretario de  Relaciones Exteriores, código 2112, grado 19, no existen funcionarios de la  planta global de la Carrera Diplomática y Consular que, a la fecha, estén  ubicados en cargos por debajo de esa categoría.    

Que, en mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Designación.  Designar en provisionalidad a Luis Jorge Roa Corredor, identificado con cédula  de ciudadanía número 79201492, en el cargo de Primer Secretario de  Relaciones Exteriores, código 2112, grado 19, de la planta global del  Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el  Gobierno de la República Popular China.    

Artículo 2º. Erogaciones.  De acuerdo con el parágrafo tercero del artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000, el señor Luis Jorge Roa Corredor no tendrá derecho a la asignación  que por concepto de viáticos, menaje y pasajes aéreos se reconoce a los  funcionarios que son designados en la planta externa, toda vez que en la  actualidad tiene su residencia en la República Popular China.    

Artículo 3º. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones  Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca  la norma.    

Artículo 4º. Vigencia.  El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 7 de julio de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de  Relaciones Exteriores,    

Claudia Blum.    

               

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