DECRETO 958 DE 2020
(julio 7)
D.O. 51.368, julio 7 de 2020
por el cual se designa un Director General de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares ad hoc dentro de la investigación disciplinaria número 420-ALOCD-16.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 4 del artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto 648 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares dentro de investigación disciplinaria número 420-ALOCD-16, mediante auto de fecha 21 de agosto de 2019, formuló pliego de cargos en contra del señor Carlos Elián Ligarreto Avendaño y la señora Sonia Yamile Reyes Flechas. Así mismo que el investigado a través de su apoderado, en escrito del 5 de septiembre de 2019, presentó descargos y solicitó la práctica de pruebas dentro del proceso antes referido, las cuales fueron accedidas parcialmente través de auto de fecha 7 de octubre de 2019.
Que en escrito radicado el 16 de octubre de 2019, el disciplinado a través de su apoderado, presentó recurso de reposición y en subsidio el de apelación contra el Auto que negó algunas de las pruebas que solicitó con los descargos.
Que en Auto del 24 de octubre de 2019, el ad quo negó la reposición y concedió la apelación ante el Coronel (r) Óscar Alberto Jaramillo Carrillo, Director General de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, quien mediante Auto de fecha 5 de diciembre de 2019, resolvió declararse impedido dentro de la investigación disciplinaria, bajo el radicado número 420-ALOCD-16, por considerar que se encuentra inmerso en la causal 8 del artículo 84 de la Ley 734 de 2002 y las causales 5 y 7 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.
Que el Ministerio de Defensa Nacional mediante Auto de fecha 27 de marzo de 2020, en ejercicio de la facultad legal conferida en los artículos 84, 85 de la Ley 734 de 2002, artículo 12 de la Ley 1437 de 2011, artículo 38 de la Ley 489 de 1998, artículos 1, 7 del Decreto 1512 de 2000, artículo 2 del Decreto 4746 de 2005, en concordancia con lo resuelto por el honorable Consejo de Estado en Sala de Consulta y Servicio Civil, en fallo del 27 de noviembre 2017, resolvió aceptar el impedimento planteado por el señor Director General de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares dentro de la investigación disciplinaria número 420-ALOCD-16.
Que de conformidad con el inciso 3° del artículo 76 de la Ley 734 de 2002, la segunda instancia de los procesos disciplinarios que adelanta toda entidad u organismo del Estado, es de competencia del nominador, salvo disposición legal en contrario.
Que, de acuerdo con lo anterior indicado, es procedente designar un Director General de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares ad hoc, para que avoque el conocimiento y resuelva el recurso de apelación contra el auto de fecha 7 de octubre de 2019, donde se niega y decretan algunas de las pruebas de descargos solicitadas, así como de las demás actuaciones propias del fallador de segunda instancia, dentro de la investigación disciplinaria No. 420-ALOCD-16.
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Desígnese como Director General de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares ad hoc, al señor Coronel (r) Collazos Encinales Juan Carlos, identificado con la Cédula de ciudadanía número 79.468.725, Subdirector General del Sector Defensa, Código 1-2-1 Grado 19, para que conozca y resuelva el recurso de apelación contra Auto del 7 de octubre 2019, por medio del cual se decretan y niegan unas pruebas solicitadas en los descargos, y demás actuaciones propias del fallador de segunda instancia, dentro de la Investigación Disciplinaria número 420-ALOCD-16, de conformidad con la parte considerativa del presente Acto Administrativo.
Artículo 2°. Comunicación. Por intermedio de la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, comuníquese el presente decreto al Director General de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares y al Director General de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares ad hoc, designado en el presente Acto Administrativo, así como a los sujetos procesales.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 7 de julio de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Ministro de Defensa,
Carlos Holmes Trujillo García.