DECRETO 95 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 095 DE 2020     

(enero 28)    

D.O. 51.210, enero 28 de 2020    

por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 2° del Decreto 2519 de 2011.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y  legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política,  en concordancia con el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Decreto 2519 de 2011  aprobó la modificación de la estructura de Fiduciaria La Previsora S.A., y determinó  las funciones de sus dependencias.    

Que la Fiduciaria La Previsora S.A., es una  sociedad de economía mixta con régimen de empresa industrial y comercial de  Estado, que compite con el sector privado y que requiere que su estructura sea  flexible, para desarrollar su objeto social y comercializar sus productos.    

Que la Junta Directiva  de Fiduciaria La Previsora S.A., decidió someter a aprobación del Gobierno  nacional, la modificación de su estructura, tal como consta en el Acta número.  385 de la sesión extraordinaria del 24 de diciembre de 2019.    

Que la modificación de  la estructura de Fiduciaria La Previsora S.A., cumple con el numeral 1.1. de la  Directiva Presidencial 09 de 9 de noviembre de 2018, que dispone: “Las plantas  de personal y las estructuras administrativas de las entidades de la rama  ejecutiva del orden nacional, solamente se podrán modificar cuando dicha  reforma sea a costo cero o se generen ahorros en los gastos de funcionamiento  de la entidad “Directrices de Austeridad””.    

Que Fiduciaria La  Previsora S.A., para efectos de modificar la estructura, presentó la  justificación técnica al Departamento Administrativo de la Función Pública, de  conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004,  modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de  2012, y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015,  obteniendo concepto técnico favorable de este Departamento Administrativo.    

Que en concordancia  con lo establecido en el artículo 3° del Estatuto Orgánico del Presupuesto  General de la Nación, las empresas industriales y comerciales del Estado de  carácter financiero, como es el caso de Fiduciaria La Previsora S.A., no hacen  parte del Presupuesto General de la Nación, por tal motivo, no se requiere  viabilidad presupuestal por parte de la Dirección General del Presupuesto  Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.    

Que se hace necesario  modificar el Decreto 2519 de 2011,  con el fin de facultar al Presidente de Fiduciaria La Previsora S.A., para que  cree o suprima dependencias, agencias o sucursales que requiera para el  cumplimiento de su objeto social,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modificar  el artículo 2° del Decreto 2519 de 2011,  el cual quedará así:    

“Artículo 2°. Funciones de la Asamblea General de Accionistas, Junta  Directiva y Presidencia. La Asamblea General de  Accionistas, Junta Directiva y Presidencia de Fiduciaria La Previsora S.A.,  cumplirán las funciones señaladas en la Ley, en los estatutos de la Entidad y  en las demás disposiciones legales vigentes.    

Parágrafo. El  Presidente de Fiduciaria La Previsora S.A., para el desarrollo del objeto  social y teniendo en cuenta las necesidades del servicio y la viabilidad  presupuestal, podrá crear o suprimir dependencias, agencias o sucursales,  previa autorización de la Junta Directiva”.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el artículo 2°  del Decreto 2519 de 2011.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 28 de enero de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Director del  Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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