DECRETO 908 DE 2021
(agosto 13)
D.O. 51.765, agosto 13 de 2021
por el cual se da por terminado un encargo y se hace un nombramiento.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 754 del 13 de julio de 2021, se encargó a partir de la fecha del empleo de Viceministro, Código 0020, del despacho del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, al doctor Luis Fernando Fuentes Ibarra, identificado con la cédula de ciudadanía número 77150650 de Agustín Codazzi (Cesar), quien desempeña el empleo de Director Técnico, Código 0100, Grado 22 de la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Que se hace necesario dar por terminado el encargo del doctor Luis Fernando Fuentes Ibarra y nombrar al doctor Andrés Cárdenas Muñoz identificado con la cédula de ciudadanía número 80133909 de Bogotá, como titular del empleo de Viceministro, Código 0020, del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,
DECRETA:
Artículo 1°. Terminación de Encargo. Dar por terminado el encargo del empleo de Viceministro, Código 0020 del Despacho del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, al doctor Luis Fernando Fuentes Ibarra identificado con la cédula de ciudadanía número 77150650 de Agustín Codazzi (Cesar), Director Técnico, Código 0100, Grado 22 de la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Artículo 2°. Nombramiento. Nombrar a partir de la fecha al doctor Andrés Cárdenas Muñoz, identificado con la cédula de ciudadanía número 80133909 de Bogotá, en el empleo de Viceministro, Código 0020, del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar a los doctores Luis Fernando Fuentes Ibarra y Andrés Cárdenas Muñoz, el contenido del presente Decreto, a través del Grupo de Talento Humano del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de agosto de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Comercio, Industria y Turismo,
María Ximena Lombana Villalba.