DECRETO 886 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 886 DE 2021     

(agosto 9)    

D.O. 51.762, agosto 10 de 2021    

por la cual se encarga de las  funciones de Magistrado del Tribunal Superior Militar y Policial a unos  funcionarios de la planta de empleados públicos del Ministerio de Defensa  Nacional al servicio de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal  Militar y Policial.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las conferidas en el artículo 15 de la Ley 1765 de 2015, en  concordancia con los artículos 14 del Decreto Ley 1792  de 2000 y 53 del Decreto Ley 091 de  2007, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante el artículo 1° del  Decreto  314 del 26 de marzo de 2021, se crean 6 cupos de planta de personal para  Magistrados del Tribunal Superior Militar y Policial, pertenecientes a la  Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, de los  cuales 3 cupos se encuentran proveídos en los términos de la Ley 940 de 2005.    

Que atendiendo la creación de  la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal  Militar y Policial, es necesario proveer de manera temporal las vacantes  existentes mientras se proveen los cargos de forma definitiva de conformidad  con el procedimiento que para el efecto expida el Gobierno nacional, en  concordancia con los artículos 11 y 15 de la Ley 1765 de 2015.    

Que el artículo 53 del Decreto Ley 091 de  2007 “por el cual se regula el Sistema Especial de Carrera del Sector  Defensa y se dictan unas disposiciones en materia de administración de  personal” establece que los servidores públicos del Sector Defensa,  pertenezcan o no al Sistema Especial de Carrera del Sector Defensa, podrán  mediante acto administrativo ser encargados para desempeñar transitoriamente un  empleo o para realizar actividades relacionadas directa o indirectamente con la  Misión y las atribuciones del sector o que tengan por finalidad el desempeño de  responsabilidades diferentes a las que habitualmente le corresponderían al  funcionario en desarrollo de sus funciones .    

Que de conformidad con el  artículo 14 del Decreto Ley 1792  de 2000, cuando se trate de vacancia definitiva la duración del encargo  será hasta por el término de seis (6) meses, vencidos los cuales, el empleo  deberá ser provisto en forma definitiva.    

Que por lo anteriormente  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Encargo. Encárguese de las funciones de Magistrado  del Tribunal Superior Militar y Policial de la planta de personal de la Unidad  Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, al personal de  Oficiales que se relaciona a continuación, con perjuicio de las funciones que  actualmente desempeñan, a partir de la comunicación del presente acto  administrativo y hasta por seis (6) meses o la provisión del cargo de manera  definitiva, lo primero que ocurra, así:    

1.                    

TC.                    

RAMÍREZ GARCÍA ROBERTO                    

13496886   

2.                    

TC.                    

LÓPEZ GALEANO JORGE NELSON                    

79557715    

Parágrafo. Los  cargos de Jueces de Brigada que ocupan los señores Oficiales relacionados en el  presente artículo, los cuales quedan vacantes de forma temporal durante la  vigencia del presente acto administrativo, deberán proveerse de acuerdo con las  competencias otorgadas a la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal  Militar y Policial.    

Artículo 2°. Comunicación.  Comuníquese a través de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Administrativa  Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, el presente acto  administrativo.    

Artículo 3°. Vigencia. El  presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de  agosto de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Defensa  Nacional,    

Diego Andrés Molano Aponte.    

               

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