DECRETO 880 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO  880 DE 2022     

(mayo 31)    

D.O. 52.051, mayo 31 de 2022    

por el cual se hace una designación  en comisión para situaciones especiales a la planta externa del Ministerio de  Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  artículos 35 al 40, y el artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que, el literal b) del artículo  39 del Decreto Ley 274 de  2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a  cada lapso de alternación la Dirección de Talento Humano o la dependencia que  hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el  desplazamiento del funcionario en legal forma.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Comisión.  Comisiónese a la planta externa a la señora Sandra Lucía Mikan Venegas,  identificada con cédula de ciudadanía número 39774875, al cargo de Ministro  Plenipotenciario, código 0074, grado 22, de la planta global del Ministerio de  Relaciones Exteriores, adscrito a la Misión Permanente de Colombia ante la  Organización de Estados Americanos (OEA) con sede en Washington, Estados Unidos  de América.    

Parágrafo 1º. La señora Sandra  Lucía Mikan Venegas es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular, en la categoría de Embajador.    

Parágrafo 2º. El término para  el desplazamiento previsto en el parágrafo 1º del artículo 39 del Decreto ley 274 de  2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los  casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que  pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus  COVID-19.    

Artículo 2º. Erogaciones. Las erogaciones  que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los  presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de  Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del  presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 4º. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase    

Dado en Bogotá, D. C., a 31 de  mayo de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Martha Lucía Ramírez Blanco.    

               

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