DECRETO 865 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 865 DE 2021     

(agosto 3)    

D.O. 51.755, agosto 3 de 2021    

por el cual se designa alcalde  ad hoc del municipio de Milán, departamento del Caquetá.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones  constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4 de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio DA-886 de 4  de diciembre de 2020, la señora Nayive López Olaya, alcaldesa del municipio de  Milán, departamento del Caquetá, manifestó ante la Procuraduría Regional del  Caquetá, su impedimento para realizar las actividades relativas a dos acciones  de repetición que cursan en los juzgados administrativos de Florencia, bajo los  radicados números 18001333300320180055000 y 18001333300420180057700, en contra  del señor Jhon Edwarth Monje Alvarado, quien es su esposo, por lo que invocó el  artículo 11 de la Ley 1437 del 2011.    

Que mediante auto de 24 de  diciembre de 2020, con número de radicación E-2020- 654453, el Procurador  Regional del Caquetá, aceptó el impedimento manifestado por la señora Nayive  López Olaya, alcaldesa municipal de Milán, Caquetá, para “actuar en el trámite  de los procesos administrativos de acción de repetición promovidas por dicha  entidad territorial en contra de su cónyuge, Jhon Edwarth Monje Alvarado, con  radicados números 18001-33-33-003-2018-00550-00 y  18001-33-33-004-2018-00577-00”, encontrando configurada la causal de  impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 del 2011 y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que en virtud del concepto  emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número  20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…)  será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de  carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se  encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se  nombra con carácter transitorio (…)”, mediante comunicación radicada en el  Ministerio del Interior bajo la PQRSD-022474 de 17 de marzo de 2021, el  Gobernador del Caquetá, Arnulfo Gasca Trujillo, remitió la hoja de vida del  doctor Hernán Mauricio Zapata Trujillo, funcionario vinculado al mismo ente  territorial, para ser designado como alcalde ad hoc del municipio de  Milán, Caquetá.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que, con el fin de dar  cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se  procederá a designar al Alcalde ad hoc del municipio de Milán, Caquetá.    

Que de conformidad con el  artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación  alcalde ad hoc de Milán. Designar como Alcalde ad hoc del municipio Milán,  Caquetá, al doctor Hernán Mauricio Zapata Trujillo, identificado con la cédula  de ciudadanía número 17655389, quien se desempeña en el cargo de Secretario de  Despacho, Código 020, Grado 03, adscrito a la Secretaría Delegada de la planta Global de la Gobernación del Caquetá,  para que represente los intereses de la entidad territorial dentro de los  procesos de acción de repetición que cursan en los juzgados Tercero y Cuarto  Administrativos del Círculo de Florencia, bajo los radicados 18001- 33-33  003-2018-00550- 00 y 18001-33-33-004-2018-00577-00, respectivamente, en contra  del señor Jhon Edwarth Monje Alvarado, de conformidad con la parte motiva del  presente decreto.    

Artículo 2°. Posesión. El  Alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la  instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior,  el contenido del presente decreto al Alcalde ad hoc designado en este acto, a  la alcaldesa titular del municipio de Milán, a la gobernación del Caquetá y a  la Procuraduría Regional del Caquetá.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de  agosto de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios Martínez.    

               

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