DECRETO 861 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 861 DE 2021     

(agosto 3)    

D.O. 51.755, agosto 3 de 2021    

por el cual se designa  alcaldesa ad hoc del municipio de Fredonia, departamento de Antioquia.    

El Presidente de la Republica de  Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio de 30 de  abril de 2021, dirigido a la Registraduría Municipal de Fredonia, el cual fue  inicialmente trasladado a la Procuraduría Provincial de Amaga, a través de  correo electrónico de 6 de mayo de 2021 y, posteriormente, a la Procuraduría  Regional de Antioquia el 8 de del mismo mes y año, el señor Gustavo Guzmán  Maldonado, alcalde del municipio de Fredonia, departamento de Antioquia,  manifestó su impedimento para “cumplir con la función de vigilar el  cumplimiento de las medidas de bioseguridad para el manejo y control del  Coronavirus COVID-19, con relación a la actividad de recolección de firmas que  adelantará el comité promotor de la iniciativa de revocatoria del mandato” que  cursa en su contra”, de conformidad con lo advertido en un concepto emitido por  el Ministerio de Salud y Protección Social.    

Que mediante de 18 de mayo de  2021, con radicación E-2021-247056 D-2021-1876425, el Procurador Regional de  Antioquia, aceptó el impedimento manifestado por el señor Gustavo Guzmán  Maldonado, alcalde municipal de Fredonia, Antioquia, para “efectuar la función  de vigilancia y control del cumplimiento de las medidas de bioseguridad para el  manejo y control del Coronavirus COVID-19, en la actividad de recolección de  apoyos adelantada por el comité promotor de la iniciativa de revocatoria del  mandato, debido a que funge como el Alcalde contra quien va dirigida la  iniciativa”, encontrando configurada la causal de impedimento prevista en el  numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que en virtud del concepto  emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número  20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…)  Será de competencia der Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante comunicación radicada en el  Ministerio del Interior bajo el radicado PQRSD-058075 de 21 de julio de 2021,  el Gobernador del departamento de Antioquia, remitió la hoja de vida de la  doctora Alejandra Quintero Lopera, funcionaria vinculada a ese mismo ente  territorial, para ser designada como alcaldesa ad hoc del municipio de  Fredonia, Antioquia.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que, con el fin de dar cumplimiento  a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a  designar al Alcalde ad hoc del municipio de Fredonia, Antioquia.    

Que de conformidad con el  artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en-atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  a través del radicado número 11001-03- 06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo expuesto.,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación  alcalde ad hoc de Fredonia. Designar como Alcaldesa ad hoc del municipio de  Fredonia, departamento de Antioquia, a la doctora Alejandra Quintero Lopera,  identificada con la cédula de ciudadanía número 1037620134, quien se desempeña  en el cargo de Director Técnico, Código 009, Grado 02, NUC Planta 1250,  asignado a la Subsecretaría Planeación de Infraestructura Física – Dirección Instrumentos  de Financiación de Infraestructura Física, adscrito a la planta global de la  Gobernación de Antioquia, para efectuar la función de vigilancia y control del  cumplimiento de las medidas de bioseguridad para el manejo y control del  coronavirus COVID-19, en la actividad de recolección de apoyos adelantadas por  el comité promotor de la iniciativa de revocatoria de mandato que cursa en  contra el Alcalde del municipio de Fredonia, Antioquia, de conformidad con lo  expuesto en la parte motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. Posesión. La  Alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la  instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior,  el contenido del presente decreto a la alcaldesa ad hoc designada en este acto,  al Alcalde titular del municipio de Fredonia, a la Gobernación de Antioquia, a  la Procuraduría Regional de Antioquia y a la Registraduría Nacional del Estado  Civil.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de  agosto de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios  Martínez.    

               

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