DECRETO 854 DE 2022
(mayo 31)
D.O. 52.051, mayo 31 de 2022
por el cual se confiere la Orden de la “Estrella de la Policía” a un personal de Oficiales Generales de la Policía Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad legal que le confieren los artículos 3° y 6° del Decreto 2612 de 1966, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el Decreto 2612 de 1966, es deber del Gobierno nacional, distinguir a las personas que por sus actividades o en cumplimiento de sus funciones, han trabajado en defensa de la paz pública y de las instituciones democráticas.
Que el Consejo de la Orden de la “Estrella de la Policía Nacional”, en sesión celebrada el día tres (03) de marzo del dos mil veintidós (2022), mediante acta número 013 ADEHU-GREPO-2.25, consideró oportuno proponer esta condecoración en el grado y categoría a unos Oficiales Generales de la Policía Nacional, que se relacionan a continuación, en reconocimiento a la labor desempeñada, enmarcada en sus significativos aportes al País y a la Policía Nacional, con importantes resultados y fortalecimiento de las capacidades institucionales.
Que corresponde al Gobierno nacional premiar a quienes con desprendimiento de sus intereses, se consagran al servicio de la Nación.
DECRETA:
Artículo 1°. Condecoración. Confiérase a los Oficiales Generales de la Policía Nacional que se relacionan a continuación, la Orden de la “Estrella de la Policía”, en el grado Estrella Cívica, categoría “Gran Oficial”, de conformidad con lo establecido en la parte considerativa del presente Decreto, así:
1.
MG.
Vásquez Prada Manuel Antonio
5909468
2.
MG.
Sanabria Cely Henry Armando
79612268
3.
MG.
Camacho Jiménez Eliécer
11435109
4.
MG.
Barrera Peña Jesús Alejandro
79544768
5.
MG.
Mujica Jaime Norberto
72175679
6.
MG.
Alarcón Campos Ricardo Augusto
79347684
7.
BG.
Criollo Rey Pablo Antonio
19493817
8.
BG.
García Hernández Luis Ernesto
79650809
9.
BG.
Franco Gómez Gustavo
79544965
Artículo 2°. Imposición. La condecoración a la que se refiere el artículo anterior será impuesta en ceremonia especial, de conformidad con el Reglamento de Ceremonial y Protocolo Policial.
Artículo 3. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 31 de mayo de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Ministro de Defensa Nacional,
Diego Andrés Molano Aponte.