DECRETO 853 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO 853 DE 2023     

(mayo 29)    

D.O. 52.410, mayo 29 de 2023    

por el cual se termina un  encargo y se efectúa otro en la planta de personal del Centro Dermatológico  Federico Lleras Acosta E.S.E.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales, legales y  reglamentarias, especialmente las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia, y los artículos 2.2.5.1.1, 2.2.5.5.41 y 2.2.5.5.43 del Decreto número  1083 de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante el Decreto  número 0215 del 14 de febrero de 2023, se encargó al doctor Mauricio Molina  Achury, identificado con cédula de ciudadanía número 79368488, de las funciones  del empleo de Director General de Entidad Descentralizada, Código 0015 Grado  23, del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta E.S.E., sin perjuicio del  ejercicio de las funciones propias de su cargo.    

Que para garantizar el  cumplimiento y la continuidad en la prestación del servicio, se hace necesario  encargar al doctor Álvaro José Tovar Cock, de las  funciones del empleo de Director General de Entidad Descentralizada, Código  0015 Grado 23 del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta E.S.E., sin  perjuicio de las funciones del empleo del cual es titular.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1° Terminación de  Encargo. Dar por terminado el encargo efectuado mediante Decreto  número 0215 del 14 de febrero de 2023, al doctor Mauricio Molina Achury,  identificado con cédula de ciudadanía número 79368488, de las funciones del  empleo de Director General de Entidad Descentralizada, Código 0015 Grado 23,  del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta E.S.E.    

Artículo 2°. Encargo. Encargar  al doctor Álvaro José Tovar Cock, identificado con  cédula de ciudadanía número 79238958, de las funciones del empleo de Director  General de Entidad Descentralizada, Código 0015 Grado 23, del Centro  Dermatológico Federico Lleras Acosta E.S.E., sin perjuicio de las funciones  propias de su cargo.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comuníquese, a través de la Secretaría General del Ministerio de Salud y  Protección Social, el presente acto administrativo al doctor Mauricio Molina  Achury y al doctor Álvaro José Tovar Cock.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de  mayo de 2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

El Ministro de Salud y  Protección Social,    

Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez.    

               

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