DECRETO 852 DE 2022
(mayo 31)
D.O. 52.051, mayo 31 de 2022
por el cual se confiere la condecoración “Cruz al Mérito Policial” a un personal de la Policía Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que confiere el artículo 5° del Decreto 2806 de 1979, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 2806 de 1979, el Gobierno nacional creó la Condecoración “Cruz al Mérito Policial”, para exaltar los méritos de quienes se han distinguido en el servicio a la patria y a la sociedad, sobresaliendo por su abnegación, constancia y decisión en la lucha contra el delito.
Que mediante Acta número 024 ADEHU-GREPO 2.25 de fecha 27 de mayo del dos mil veintidós (2022) “Que trata de la sesión del consejo para el otorgamiento de la Condecoración Cruz al Mérito Policial” se aprobó conferir la distinción a un personal de la Policía Nacional de Colombia quien reúne los requisitos exigidos en los artículos 1° y 4° de la norma ibídem.
Que los funcionarios relacionados a continuación, se han destacado por su profesionalismo, consagración al servicio, liderazgo, abnegación en las actividades y funciones que ostentan, permitiendo alcanzar resultados exitosos dejando en alto la imagen institucional, acto que es digno de reconocer y exaltar.
DECRETA:
Artículo 1°. Condecoración. Confiérase la Condecoración “Cruz al Mérito Policial” a un Oficial General de la Policía Nacional, en la categoría que se indica de conformidad con los artículos 1° y 4° del Decreto 2806 de 1979, así:
DÉCIMA CUARTA VEZ
1.
MG.
Mujica Jaime Norberto
72175679
OCTAVA VEZ
1.
TC.
Ojeda Eraso Libardo Fabio
80047496
2.
TC.
Rojas Liévano Carlos Eduardo
14252961
SÉPTIMA VEZ
1.
TC.
Sastoque Segura Miguel Fernando
79005134
QUINTA VEZ
1.
MY.
Molina Neuta Wilman
15878384
TERCERA VEZ
1.
MG.
Alarcón Campos Ricardo Augusto
79347684
2.
MY.
Rojas Trujillo Ricardo Andrés
80809362
3.
IJ.
López Trejos Wilson
89009783
4.
IT.
Agudelo Pérez Jhon Andersson
1121823478
SEGUNDA VEZ
1.
MY.
Salamanca Rodríguez Mario Alejandro
80903999
2.
MY.
Murcia Garay Juan Sebastián
1030536536
3.
MY.
Molina Neuta Jorge
80842522
4.
SC.
Ramos Hernández Victoriano
79656457
5.
PT.
Perdomo Chaquea Néstor Hugo
1120864549
PRIMERA VEZ
1.
MY.
Vargas Sánchez May Francisco
80655449
2.
MY.
Torres Castillo Fabio Nelson
80237700
3.
CT.
Vacca Guerrero Diomayra Lorena
1085249332
4.
CT.
Palacios Rentería Parménides
11809493
5.
CT.
Arias Carvajal Jhonier Alexánder
1112625543
6.
TE.
Granados Sánchez Sergio Ernesto
1016011824
7.
IJ.
Delgado Castañeda William Humberto
79626673
8.
IT.
Abadía Aguirre Alexánder
14325738
9.
IT.
Fonseca Rojas José Miguel
80733337
10.
IT.
Alarcón Martínez Néstor Albeiro
7318464
11.
IT.
Jiménez Rodríguez William
79998001
12.
SI.
Pérez Ordóñez Jaime Andrey
1013588463
13.
SI.
Cardona Duque Danadier
1058817294
14.
SI.
Cardona Bedoya Leidy Johanna
1054919729
15.
SI.
Ibarra Carrillo Lisbeth Jazmín
1090397226
16
SI.
Camberos Oviedo Sergio Luis
1053814227
17.
SI.
Méndez Espitia César Hernán
80183635
18.
PT.
Álvarez Mendoza Dimarlon
1121843090
19.
PT.
Pascuaza Riaño Edna Rocío
1097036772
20.
PT.
Quiroga Díaz Leidy Yulieth
1121893134
21.
PT
Bedoya Montoya Braulio de Jesús
1017153308
22.
PT.
Piedrahíta Colorado Gustavo Adolfo
1053813822
Artículo 2°. Imposición. La condecoración a la que se refiere el artículo anterior, será impuesta en ceremonia especial, de conformidad con el Reglamento de Ceremonial y Protocolo Policial.
Artículo 3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 31 de mayo de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Ministro de Defensa Nacional,
Diego Andrés Molano Aponte.