DECRETO 845 DE 2021
(julio 29)
D.O. 51.750, julio 29 de 2021
por el cual se autoriza la compensación de requisitos y se hace un nombramiento en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 11 del Decreto número 770 de 2005, el parágrafo 1º del artículo 6º del Decreto ley número 274 de 2000 y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Decreto ley número 274 de 2000, el cargo de Embajador es clasificado como de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República.
Que, el Decreto ley número 770 de 2005, faculta al Presidente de la República en casos excepcionales compensar requisitos, para proveer empleos de libre nombramiento y remoción a personas con experiencia sobresaliente en el desempeño de una disciplina, ocupación, arte u oficio, previa (recomendación de la Comisión Evaluadora de los Méritos del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que, el parágrafo 2° del artículo 2.2.2.4.10 del Decreto número 1083 de 2015, establece que los candidatos para desempeñar los empleos de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario podrán acreditar (como requisito, la experiencia profesional relacionada.
Que, la Comisión Evaluadora de los Méritos del Departamento Administrativo de Función Pública en reunión del 15 y 16 de julio de 2021 realizó el estudio de compensación profesional del señor Mauricio Enrique Vargas Linares quien ha desempeñado varios cargos directivos tales como: Ministro, Consejero Presidencial incluso profesor en la Universidad Javeriana.
Que, la Comisión Evaluadora de los Méritos del Departamento Administrativo de Función Pública resolvió por UNANIMIDAD recomendarle al señor Presidente de la República autorizar la compensación de los requisitos señalados en el artículo 2.2.2.4.10 del Decreto número 1083 de 2015 para ocupar el empleo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario ante el Gobierno de la República Francesa.
En mérito en lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Acogerla recomendación de la Comisión Evaluadora del Mérito proferida en el acta número 2021-001 del 15 y 16 de julio de 2021.
Artículo 2º. Autorización. Autorizar la compensación de los requisitos del señor Mauricio Enrique Vargas Linares, en los términos de la Comisión Evaluadora de los Méritos del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Artículo 3º. Nombramiento. Nombrase al señor Mauricio Enrique Vargas Linares, identificado con cédula de ciudadanía número 19.450.263, en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, código 0036, grado 25, de la planta de personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República Francesa.
Artículo 4º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 5º. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 6º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores
Martha Lucía Ramírez Blanco.