DECRETO 836 DE 2020
(junio 12)
D.O. 51.343, junio 12 de 2020
por la cual se da por terminado un encargo y se hace un nombramiento.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.3.4 del Decreto número 1083 de 2015,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 383 del 11 de marzo de 2020, se encargó de las funciones del empleo de Viceministro, Código 0020, del Despacho del Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio del Trabajo al doctor JUAN CARLOS HERNÁNDEZ ROJAS, identificado con la cédula de ciudadanía número 79949837 expedida en Bogotá, D. C., quien desempeña el empleo de Director Técnico, Código 0100, Grado 23, de la Dirección de Pensiones y Otras Prestaciones, del Ministerio del Trabajo, sin separarse de las funciones propias de su cargo.
Que se hace necesario dar por terminado el encargo efectuado y nombrar a la doctora Ligia Stella Chaves Ortiz, identificada con la cédula de ciudadanía número 59666943 expedida en Tumaco en el cargo de Viceministro, Código 0020, del Despacho del Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio del Trabajo.
DECRETA:
Artículo 1°. Terminación de encargo. Dar por terminado, a partir de la fecha el encargo de las funciones del empleo Viceministro, Código 0020, del Despacho del Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio del Trabajo al doctor Juan Carlos Hernández Rojas, identificado con la cédula de ciudadanía número 79949837 expedida en Bogotá, D. C., quien desempeña el empleo de Director Técnico, Código 0100, Grado 23, de la Dirección de Pensiones y Otras Prestaciones, del Ministerio del Trabajo.
Artículo 2°. Nombramiento. Nombrar a la doctora Ligia Stella Chaves Ortiz, identificada con la cédula de ciudadanía número 59666943 expedida en Tumaco en el cargo de Viceministro, Código 0020, del Despacho del Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio del Trabajo.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar a través de la Subdirección de Gestión del Talento Humano de la Secretaría General del Ministerio del Trabajo, el presente Acto Administrativo.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de junio de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Ministro del Trabajo,
Ángel Custodio Cabrera Báez.