DECRETO 835 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO 835 DE 2022     

(mayo 25)    

D.O. 52.045, mayo 25 de 2022    

por el cual se modifica la prestación del  servicio público notarial en las Notarías Setenta y Nueve (79) y Ochenta (80)  del Círculo de Bogotá, D. C.    

El Ministro del Interior de la República de Colombia,  delegatario de funciones presidenciales en virtud del Decreto  número 803 del 16 de mayo de 2022, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 131 del  Decreto ley 960 de  1970 y el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que a través del Decreto  número 1437 del 9 de agosto de 2019, se crearon las Notarías Setenta y  Nueve (79) y Ochenta (80) del Círculo de Bogotá, D. C., correspondiéndole a la  Superintendencia de Notariado y Registro determinar la localización de las  mismas en atención a las funciones establecidas en el artículo 157 del Decreto ley 960 de  1970, en el Aeropuerto Internacional El Dorado;    

Que igualmente se precisó que la Superintendencia de Notariado y  Registro, en el marco de sus competencias debía establecer los horarios de  despacho a efectos de garantizar la prestación del servicio público notarial  las veinticuatro (24) horas del día durante los siete (7) días de la semana en  el Aeropuerto Internacional El Dorado Luis Carlos Galán Sarmiento de Bogotá, D.  C.;    

Que en el Decreto número  1437 de 2019 se señaló que en el Aeropuerto Internacional El Dorado “concurren  factores positivos, estratégicos y de conveniencia social, para que allí se  preste en forma continua el servicio notarial a su comunidad demandante”, por  lo que se precisó que era viable la creación de dos (2) Notarías en el Círculo  de Bogotá “para que, a través de horarios concertados y aprobados (…) se  preste el servicio notarial en forma permanente, esto es, las veinticuatro (24)  horas del día, todos los días de la semana”, las cuales funcionen en el  Aeropuerto Internacional El Dorado de la ciudad de Bogotá, D. C.”;    

Que para la creación de dichas notarías, su ubicación en el  Aeropuerto Internacional El Dorado Luis Carlos Galán Sarmiento de Bogotá, y la  prestación del servicio las veinticuatro (24) horas del día durante los siete  (7) días de la semana, también se tuvo en cuenta la intención del Gobierno  nacional, a partir de diferentes políticas públicas, de “agilizar y  simplificar las relaciones de los ciudadanos con las instituciones  gubernamentales y estimular el emprendimiento y la consolidación empresarial,  mediante estrategias transversales -tales como el Programa CO-nectados- que permitan articular sinergias para mejorar el  posicionamiento de Colombia en el exterior, como gran exportador de bienes y  servicios, destino atractivo de inversión extranjera directa y destino  turístico”, y de alinear las políticas del Gobierno nacional con aquellas  de la Administración Distrital de Bogotá, D. C., que, a través del Acuerdo  número 706 de 2018 pretendió fomentar el desarrollo socioeconómico a través de  la estrategia Bogotá productiva 24 horas, mediante la cual se buscaba fomentar “la  actividad comercial, cultural, cívica y de prestación de servicios  gubernamentales y sociales en jornada nocturna y para cuya implementación la  Secretaría Distrital de Desarrollo Económico adelantó un estudio que identifica  la zona del Aeropuerto Internacional El Dorado Luis Carlos Galán Sarmiento de  Bogotá como un área de oportunidad para la implementación de aquella”; sumado  a la relevancia estratégica y económica del Aeropuerto Internacional El Dorado;    

Que a efectos de garantizar la prestación del servicio durante  veinticuatro (24) horas los siete (7) días de la semana, se expidió la  Resolución número 700 del 25 de enero de 2022, modificada por la Resolución  número 965 del 31 de enero de 2022, que estableció el horario para la  prestación del servicio público notarial de las notarías Setenta y Nueve (79) y  Ochenta (80) del Círculo de Bogotá, D. C., observándose que la prestación del  servicio se lleva a cabo en turnos de 6 a. m. a 2 p. m.; 2 p. m. a 10 p. m.; y  10 p. m. a 6 a. m., sin que en ningún momento se preste el servicio por parte  de dichas notarías al mismo tiempo;    

Que la Superintendencia Delegada para el Notariado de la  Superintendencia de Notariado y Registro, mediante certificación del 16 de mayo  de 2022, indicó:    

“Que los Notarios Setenta y Nueve (79) y  Ochenta (80) localizados en el Aeropuerto Internacional El Dorado han  manifestado en diferentes oportunidades -en reuniones sostenidas entre los  notarios y la Superintendencia de Notariado y Registro- la poca afluencia de  usuarios del servicio público notarial en los horarios nocturnos, a las  instalaciones de las notarías ubicadas en el referido terminal aéreo. Dicha  condición fue certificada por parte de los notarios en escrito adjunto, en  donde indicaron que las notarías “no están generando trámites notariales más  allá de alguna autenticación en los horarios distintos a los habituales de las  Notarías del Círculo de Bogotá, generándose así una conveniente necesidad de  revalorar la intensidad horaria que hoy se materializa en las veinticuatro (24)  horas de trabajo que vienen ejecutando los siete (7) días de la semana”.    

Que dicha situación fue constatada por parte  de la Superintendencia de Notariado y Registro mediante la visita ordenada a  través del Auto número 298 del 18 de marzo de 2021 por parte de la  Superintendencia Delegada para el Notariado, y efectuada del 30 de marzo al 1°  de abril, en donde se constató la poca afluencia de usuarios en el horario  nocturno, por lo que no se justificaría la prestación del servicio durante  veinticuatro (24) horas los siete (7) días de la semana”;    

Que mediante visita especial llevada a cabo el 20 de mayo de  2022, ordenada mediante Auto Comisario número 00568 del 20 de mayo de 2022,  proferido por la Superintendente Delegada para el Notariado y tal como consta  en acta de la misma fecha se constató lo siguiente:    

– La visita inició a las 9:30 p. m. y culminó  a las 11:20 p. m., sin que se presentaran usuarios del servicio.    

– Se indagó a los funcionarios de las notarías  Setenta y Nueve (79) y Ochenta (80) respecto del promedio de personas que,  aproximadamente, solicitan el servicio público notarial en horario de 10 p. m.  a 6 a. m., quienes señalaron que aproximadamente 4 a 5 personas. Asimismo, se  cuestionó sobre el horario de menor afluencia, señalando horarios coincidentes  con el turno de 10 p. m. a 6 a. m. Los funcionarios precisaron que los trámites  más solicitados en ese turno son salidas de menores del país y autenticaciones.  Finalmente, informaron que el ingreso promedio en dicho horario era de 20.000 a  40.000.    

– Se indagó al Notario Setenta y Nueve (79)  encargado, quien, respecto del turno de 10 p. m. a 6 a. m. del 9 al 15 de mayo,  manifestó:    

“El turno de la noche es solo” inclusive él  desde las 9 p. m. empieza a ser solo, entran 4 o 5 personas si mucho en toda la  noche. En la noche nos dedicamos a organizar protocolo, adelantar trabajo y  organizar la notaría.    

No se presta atención directa a los  ciudadanos. Excepcionalmente se dan salidas de menores del país o poderes.  Escrituración mucho menos. Quedamos solos porque todo cierra en el aeropuerto,  el local de al lado (agencia de Latam) cierra en las  noches. Se ve circular gente pero no ingresan a la notaría”;    

Que en dicha visita también se hizo revisión de algunos tomos  correspondientes a los meses de enero a abril de la Notaría Setenta y Nueve  (79) donde se logró observar lo siguiente:    

“- Enero: 77 escrituras, correspondiente a los  Tomos 1, 2 y 3. De las cuales 8 escrituras fueron facturadas con posterioridad  a las 7:30 [p. m.] (solamente 1 fue efectuada a las 9:13 [p. m.])    

– Febrero: Del Tomo 4, que contiene 17  escrituras públicas, 3 de ellas fueron facturadas con posterioridad a las 7:30  [p. m.].    

– Marzo: Del Tomo 8, que contiene escrituras  del 14 al 19 de marzo, contiene un total de 36 escrituras, de las cuales, 8  fueron facturadas, de las cuales solamente 2 han sido posterior a las 10 p. m.    

– Abril: De 30 escrituras se constató que  solamente 4 fueron facturadas con posterioridad a las 7:30”;    

Que respecto de la Notaría Ochenta (80) se observaron los  reportes de facturación del mes de febrero, en donde, de la facturación  revisada se encontró que “se efectuaron 3 facturas correspondientes a  autenticaciones y declaraciones extraproceso, por un  valor total de 84.820, con posterioridad a las 11 p. m.”;    

Que de conformidad con lo evidenciado por la Superintendencia de  Notariado y Registro en la certificación mencionada y en la visita llevada a  cabo el 20 de mayo de 2022, la mínima afluencia de usuarios en horas de la  noche, esto es, entre 10 p.m. y 6 a.m., permite evidenciar que no es necesario  mantener el servicio público notarial durante veinticuatro (24) horas los siete  (7) días a la semana, debiéndose en todo caso garantizar la prestación del  servicio público notarial en el Aeropuerto Internacional El Dorado por las  razones expuestas en el Decreto número  1437 de 2019, particularmente, la articulación de políticas del Gobierno  que tienen por finalidad agilizar y simplificar las relaciones de los  ciudadanos con las instituciones gubernamentales y estimular el emprendimiento  y la consolidación empresarial, mediante estrategias transversales, así como  ante la importancia estratégica del Aeropuerto;    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. La  Superintendencia de Notariado y Registro, en observancia de sus competencias  establecidas en el inciso segundo del artículo 157 y el artículo 159 del Decreto ley 960 de  1970, determinará la ubicación de las notarías Setenta y Nueve (79) y  Ochenta (80) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., y establecerá sus horarios  de despacho.    

En cualquier caso, deberá garantizar la prestación del servicio  público notarial en el Aeropuerto Internacional El Dorado.    

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 2022.    

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Wilson Ruiz Orejuela.    

               

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