DECRETO 827 DE 2021
(julio 26)
D.O. 51.747, julio 26 de 2021
por el cual se concede la Orden del Mérito Industrial, en la jerarquía Oficial, a la ciudadana María del Rosario Córdoba Garcés.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en la Sección 2 del Capítulo 9 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto número 1074 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que la ciudadana colombiana María del Rosario Córdoba Garcés, es economista y magíster en economía de la Universidad de los Andes. Se ha desempeñado como investigadora de Fedesarrollo, asesora del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, jefe del Departamento Económico de Asocaña y formó parte de la Comisión de Expertos para la Equidad y la Competitividad Tributaria. Entre los años 1997 y 2010 estuvo vinculada a la Revista Dinero, del Grupo Semana, como subdirectora y posteriormente como directora. Actualmente es miembro de varias juntas directivas.
Que, desde octubre de 2010, fue designada como Presidente del Consejo Privado de Competitividad, organización sin ánimo de lucro que trabaja en alianza con el Gobierno nacional para contribuir en la articulación de estrategias, que en el corto, mediano y largo plazo, permitan lograr mejoras significativas en el nivel de competitividad de Colombia.
Que, durante 10 años, bajo la dirección del Consejo Privado de Competitividad, María del Rosario Córdoba Garcés se destacó por aportar al posicionamiento de la agenda de competitividad en las regiones, contribuyendo a la reducción de los costos de transporte como herramienta fundamental de la facilitación del comercio, a la estructuración de un sistema tributario más competitivo y al mejoramiento de la productividad de las empresas. Sus aportes fueron fundamentales en el establecimiento de los beneficios tributarios para actividades de innovación empresarial e hizo importantes contribuciones para la elaboración de los documentos Conpes de Política de Desarrollo Productivo, Laboratorios, Crecimiento Verde, Formalización y, más recientemente, Reactivación Económica.
Que en el 2019 Colombia ascendió por primera vez en 14 años en el Índice Competitividad Global (ICG) del Foro Económico Mundial, ubicándose como el cuarto país más competitivo de la región, con un ascenso de tres posiciones. Este logro se dio en parte por los análisis y recomendaciones promovidos por el Consejo Privado de Competitividad, bajo el liderazgo de la señora María del Rosario Córdoba Garcés, en la construcción de una agenda de competitividad para Colombia a largo plazo, así como en la promoción de la participación del sector privado en la construcción de política pública.
Que así mismo, sus esfuerzos contribuyeron para que Colombia ingresara a la Organización para el Desarrollo Económico (OCDE), permitiendo con esto un acceso privilegiado y de primera mano a las experiencias de política pública de los países miembro. Este conocimiento y experiencia es entendido, a través del Consejo Privado de la Competitividad, como una herramienta clave para adoptar las mejores prácticas en materia de productividad, pues a partir de allí ha sido posible promover las discusiones pertinentes sobre las reformas necesarias para impulsar el crecimiento nacional y se han generado nuevas ideas, innovaciones tecnológicas y él respaldo a modelos de negocio nacientes, en promoción del desarrollo industrial en Colombia.
Que María del Rosario Córdoba Garcés cumple con los requisitos consagrados en los artículos 2.2.1.9.2.1 y siguientes de la Sección 2 del Capítulo 9 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo para merecer el otorgamiento de la Orden del Mérito Industrial ·en la jerarquía Oficial.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Otorgamiento de la Orden del Mérito Industrial. Concédase la Orden del Mérito Industrial en la jerarquía Oficial, a la ciudadana colombiana María del Rosario Córdoba Garcés, identificada con la cédula de ciudadanía número 41541481, en reconocimiento a los actos notables en el fomento de la industria nacional y prestación de servicios eminentes en su desarrollo.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de julio de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Comercio, Industria y Turismo,
María Ximena Lombana Villalba.