DECRETO 816 DE 2022
(mayo 19)
D.O. 52.039, mayo 19 de 2022
por el cual se desagrega de la comprensión municipal del Círculo Notarial de San Sebastián – Cauca, el municipio de Piamonte; se crea el Círculo Notarial del municipio de Piamonte y la Notaría Única en el mismo Círculo.
El Ministro del Interior de la República de Colombia delegatario de funciones Presidenciales en virtud del Decreto 803 del 16 de mayo de 2022, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 131 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el inciso 3° del artículo 131 de la Constitución Política, “Corresponde al Gobierno la creación, supresión y fusión de los círculos de notariado y registro y la determinación del número de notarios y oficinas de registro”.
Que de conformidad con el numeral 7 del artículo 11 del Decreto 2723 de 2014, le corresponde a la Superintendencia de Notariado y Registro “Proponer al Gobierno nacional la creación, supresión, fusión y recategorización de Notarías y sus círculos respectivos, de conformidad con las disposiciones legales vigentes”.
Que en el artículo 1° del Decreto 961 de 1970, se determinó la categoría de los círculos notariales y el número de notarías en cada uno de estos, quedando establecida la comprensión municipal del Círculo Notarial de San Sebastián – Cauca, por los municipios de San Sebastián y Santa Rosa, con una (1) Notaría de tercera (3) categoría.
Que por medio de la ordenanza número 024 del 18 de noviembre de 1996, la Asamblea Departamental del Cauca creó el municipio de Piamonte, fecha desde la cual hace parte del Círculo Notarial de San Sebastián – Cauca, de conformidad con lo establecido en el artículo 128 del Decreto 960 de 1970.
Que de acuerdo con el estudio técnico de mayo 2022, expedido por la Superintendencia de Notariado y Registro, en su referencia “6. Análisis del Círculo de Piamonte – Cauca”, indicó que el Círculo Notarial de San Sebastián – Cauca, está conformado por los siguientes municipios:
DEPARTAMENTO: CAUCA
CÍRCULO NOTARIAL
COMPRENSIÓN MUNICIPAL
NO. DE MUNICIPIOS
No. DE CÍRCULOS
CATEGORÍA
SAN SEBASTIÁN
SAN SEBASTIÁN
1
1
3
PIAMONTE
1
SANTA ROSA
1
TOTAL
3
1
Que mediante el referido estudio técnico del mes de mayo de 2022, la Superintendencia de Notariado y Registro concluyó que, atendiendo principalmente a la finalidad del fortalecimiento de la presencia del Estado en los territorios más vulnerables, y la necesidad planteada desde la Alerta Temprana 001-21 de 2021 de la Defensoría Nacional del Pueblo, concluyó que “(…) se cuenta con suficientes criterios que permiten establecer la necesidad de creación del Círculo Notarial de Piamonte – Cauca, en atención a las características especiales del municipio (…)”, en consideración a los siguientes factores:
Es viable crear “un nuevo círculo notarial conformado por las poblaciones formantes del nuevo municipio de Piamonte – Cauca, por segregación del Círculo Notarial de San Sebastián”, además consideró relevante los siguientes factores:
“• La Defensoría del Pueblo, mediante la alerta temprana número 001-21 del 7 de enero de 2021, solicitó: […] “27. Al Ministerio de Justicia y del Derecho, en coordinación con la Superintendencia de Notariado y Registro, la Gobernación del Cauca y la Alcaldía de Piamonte, considerar la creación de una Notaría para el municipio de Piamonte, que permita a las comunidades demandantes acceder al servicio público registral inmobiliario, la guarda de la fe pública, la garantía de seguridad jurídica y demás efectos de formalización, oponibilidad, cultura de la legalidad que se predican del ejercicio notarial”.
• Revisada la información demográfica de la ciudad de San Sebastián en forma comparativa con la de Piamonte, se establece, que la población del municipio de Piamonte según el Censo DANE 2018 y proyecciones para el 2022 asciende a 9.409 habitantes. Sin embargo, a pesar del número de habitantes, no se puede desconocer la necesidad del servicio público notarial que aqueja a los piamonenses, factores que de conformidad con la ley también deberán ser tenidos en cuenta para la ampliación del servicio fedatario.
• El resultado del estudio comparativo de distancias y tiempos de transporte entre los diversos municipios que cuentan con un círculo notarial cercano al municipio de Piamonte, demostró la existencia de un alto grado de dificultad para acceder al servicio notarial como consecuencia de los trayectos de aproximadamente 15 horas y el alto costo del trasporte, circunstancias que acarrean la necesidad de una notaría que garantice a la población piamonense el acceso efectivo al servicio público notarial.
• Las cifras de la dinámica poblacional de Piamonte – Cauca, relacionadas con la actividad agrícola, ganadera, pesquera, artesanal y comercial que se derivan de una comunidad en crecimiento, revelan la necesidad de la presencia institucional de una Notaría para que sus habitantes puedan contar con un servicio de asesoría permanente y directo que a su vez facilite el acceso a los programas de Gobierno.
• De acuerdo con las características heterogéneas expresadas en el presente estudio, el municipio de Piamonte alberga diversidad de comunidades minoritarias, que reclaman igualdad y presencia estatal en su región, razón por la cual se hace necesario, en aras de salvaguardar los derechos y libertades fundamentales, la presencia del Estado que a través de la figura del notario, entendido como autoridad gubernamental, coadyuba al cumplimiento de tales finalidades.
• En el Círculo Registral de Bolívar – Cauca, al cual pertenece el municipio de Piamonte, según los datos resultantes del Censo 2018 DANE, hay un número de 42.038 Unidades de Vivienda, que de manera comparativa con los 17.843 folios de este mismo círculo, muestran un alto índice de predios sin titulación ni formalización, por lo cual, se hace necesario emprender acciones que mitiguen dicho fenómeno en la zona, con el fin de facilitar las metas de saneamiento y formalización de predios, previstas en el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”.
• La ampliación de las políticas del catastro multipropósito sobre el municipio de Piamonte – Cauca requiere de la intervención y asesoría permanente del Notario, quien dentro de la política de catastro multipropósito es concebido como una de las piedras angulares de donde proviene la información inicial de los diversos actos jurídicos que son publicitados en el registro de instrumentos públicos y que dan certeza jurídica de lo ocurrido en los bienes inmuebles de nuestro país.
• El municipio de Piamonte cuenta con una población conformada mayoritariamente por comunidades indígenas, por tanto, se hace perentorio, a la luz de los mandatos constitucionales, la presencia del Estado en estos territorios. Los programas que el Estado adelante en protección de la diversidad étnica, la preservación de sus riquezas culturales, lenguas y dialectos, usos y costumbre milenarios, así como el cuidado de su entorno y recursos, exige de una plataforma institucional para el reconocimiento y registro de diversos actos y para ello el servicio notarial resulta estratégico.
• De acuerdo con los fines esenciales del Estado y teniendo en cuenta la poca presencia de éste en el municipio de Piamonte, y la obligatoriedad de garantizar los servicios estatales a las minorías, víctimas del conflicto armado que habitan en el municipio, se hace necesario acercar el servicio público notarial, al municipio referido.
• Además, al analizar la función pública que ejerce el notario, como primer asesor, garante de los derechos humanos con su valor constitucional y convencional, y velar por los medios alternativos para la resolución de conflictos en la comunidad regente. El Notario se erige como una figura de autoridad gubernamental, que coadyuva al cumplimiento del Estado y sus fines esenciales, en aquellos territorios donde la legitimidad se vea afectada por las diferentes situaciones sociales, como es el caso de Piamonte – Cauca.
• En el mismo sentido, conforme a los planteamientos de la Ley 1448 de 2011, con el objetivo de brindar reparación integral a las víctimas y consolidar las condiciones necesarias para su retorno y garantías de no repetición, se hace necesario que, a través del SNARIV se brinden los medios e instituciones para la satisfacción de diversos servicios a favor de la población piamonense, objetivo al cual se suma la SNR con la recomendación al Gobierno nacional del establecimiento del servicio notarial, para que atienda y asesore a 4.377 personas víctimas del conflicto”.
Que mediante oficio OAJ-1537 SNR2021EE094614 del 5 de mayo de 2022, radicado en el Ministerio de Justicia y del Derecho el 10 de mayo de 2022 con el número MJD-EXT22-0017523, la Superintendencia de Notariado y Registro de conformidad con las atribuciones conferidas por el numeral 7 del artículo 11 del Decreto 2723 de 2014, propuso al Gobierno nacional, la creación del Círculo Notarial del municipio de Piamonte – Cauca y la creación de la Notaría Única en el mismo Círculo.
Que el Gobierno nacional teniendo en cuenta las razones expuestas por la Superintendencia de Notariado y Registro, establece la necesidad de, (i) Desagregar del Círculo Notarial de San Sebastián, el municipio de Piamonte, (ii) Crear el Círculo Notarial en el municipio de Piamonte; el que será su cabecera y la sede del Notario y, (iii) La creación de la Notaría Única del Círculo Notarial de Piamonte – Cauca, de tercera categoría, con el fin de garantizar y facilitar el acceso al servicio público notarial a la ciudadanía en general y, especialmente, a quienes habitan en este municipio, permitiéndoles adelantar todos los trámites notariales que requieran, sin incurrir en mayores desplazamientos y gastos económicos.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159 del Decreto Ley 960 de 1970, “Las oficinas de las Notarías estarán ubicadas en sitios de los más públicos del lugar de la sede notarial y tendrán las mejores condiciones posibles de presentación y comodidad para los usuarios del servicio”.
En mérito de lo expuesto.
DECRETA:
Artículo 1°. Desagréguese de la comprensión municipal del Círculo Notarial de San Sebastián – Departamento de Cauca, el siguiente municipio:
DEPARTAMENTO: CAUCA
CÍRCULO NOTARIAL
COMPRENSIÓN MUNICIPAL
N° DE MUNICIPIOS
No. DE CÍRCULOS
CATEGORÍA
SAN SEBASTIÁN
PIAMONTE
1
1
3ª
TOTAL
1
1
Artículo 2°. La nueva comprensión municipal del Círculo Notarial de San Sebastián – Departamento de Cauca quedará, así:
DEPARTAMENTO: CAUCA
CÍRCULO NOTARIAL
COMPRENSIÓN MUNICIPAL
No. DE municipioS
No. DE CÍRCULOS
CATEGORÍA
SAN SEBASTIÁN
SANTA ROSA
1
1
3
SAN SEBASTIÁN
1
TOTAL
2
1
Artículo 3°. Créase el Círculo Notarial en el municipio de Piamonte – Departamento de Cauca, cuya comprensión municipal y categoría será la siguiente:
DEPARTAMENTO: CAUCA
CÍRCULO NOTARIAL
COMPRENSIÓN MUNICIPAL
NO. DE MUNICIPIOS
No. DE CÍRCULOS
CATEGORÍA
PIAMONTE
PIAMONTE
1
1
3ª
TOTAL
1
1
Artículo 4°. Créase la Notaría Única en el Círculo Notarial del municipio de Piamonte, Departamento de Cauca, de tercera categoría.
Artículo 5°. La Superintendencia de Notariado y Registro verificará que el local en donde funcione la Notaría Única del Círculo Notarial de Piamonte – Cauca, reúna las condiciones exigidas para la excelente prestación del servicio. En observancia de lo dispuesto en el artículo 159 del Decreto Ley 960 de 1970.
Artículo 6°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 2022
DANIEL PALACIOS MARTÍNEZ
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Wilson Ruiz Orejuela