DECRETO 816 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO 816 DE 2022    

(mayo 19)    

D.O. 52.039, mayo 19 de 2022    

por el cual se desagrega de la  comprensión municipal del Círculo Notarial de San Sebastián – Cauca, el  municipio de Piamonte; se crea el Círculo Notarial del municipio de Piamonte y  la Notaría Única en el mismo Círculo.    

El Ministro del Interior de la  República de Colombia delegatario de funciones Presidenciales en virtud del Decreto  803 del 16 de mayo de 2022, en ejercicio de sus facultades constitucionales  y legales, en especial de las que le confiere el artículo 131 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con el inciso 3°  del artículo 131 de la Constitución Política, “Corresponde  al Gobierno la creación, supresión y fusión de los círculos de notariado y  registro y la determinación del número de notarios y oficinas de registro”.    

Que de conformidad con el  numeral 7 del artículo 11 del Decreto 2723 de 2014,  le corresponde a la Superintendencia de Notariado y Registro “Proponer al  Gobierno nacional la creación, supresión, fusión y recategorización de Notarías  y sus círculos respectivos, de conformidad con las disposiciones legales  vigentes”.    

Que en el artículo 1° del Decreto 961 de 1970,  se determinó la categoría de los círculos notariales y el número de notarías en  cada uno de estos, quedando establecida la comprensión municipal del Círculo  Notarial de San Sebastián – Cauca, por los municipios de San Sebastián y Santa  Rosa, con una (1) Notaría de tercera (3) categoría.    

Que por medio de la ordenanza  número 024 del 18 de noviembre de 1996, la Asamblea Departamental del Cauca  creó el municipio de Piamonte, fecha desde la cual hace parte del Círculo  Notarial de San Sebastián – Cauca, de conformidad con lo establecido en el  artículo 128 del Decreto 960 de 1970.    

Que de acuerdo con el estudio  técnico de mayo 2022, expedido por la Superintendencia de Notariado y Registro,  en su referencia “6. Análisis del Círculo de Piamonte – Cauca”, indicó  que el Círculo Notarial de San Sebastián – Cauca, está conformado por los  siguientes municipios:    

DEPARTAMENTO: CAUCA   

CÍRCULO NOTARIAL                    

COMPRENSIÓN MUNICIPAL                    

NO. DE MUNICIPIOS                    

No. DE CÍRCULOS                    

CATEGORÍA   

SAN SEBASTIÁN                    

SAN SEBASTIÁN                    

1                    

1                    

3   

PIAMONTE                    

1   

SANTA ROSA                    

1   

TOTAL                    

                     

3                    

1                    

 Que mediante el referido estudio técnico del mes de mayo  de 2022, la Superintendencia de Notariado y Registro concluyó que, atendiendo  principalmente a la finalidad del fortalecimiento de la presencia del Estado en  los territorios más vulnerables, y la necesidad planteada desde la Alerta  Temprana 001-21 de 2021 de la Defensoría Nacional del Pueblo, concluyó que “(…)  se cuenta con suficientes criterios que permiten establecer la necesidad de  creación del Círculo Notarial de Piamonte – Cauca, en atención a las  características especiales del municipio (…)”, en consideración a los  siguientes factores:    

Es viable crear “un nuevo  círculo notarial conformado por las poblaciones formantes del nuevo municipio  de Piamonte – Cauca, por segregación del Círculo Notarial de San Sebastián”, además  consideró relevante los siguientes factores:    

“• La Defensoría del Pueblo,  mediante la alerta temprana número 001-21 del 7 de enero de 2021, solicitó: […]  “27. Al Ministerio de Justicia y del Derecho, en coordinación con la  Superintendencia de Notariado y Registro, la Gobernación del Cauca y la  Alcaldía de Piamonte, considerar la creación de una Notaría para el municipio  de Piamonte, que permita a las comunidades demandantes acceder al servicio  público registral inmobiliario, la guarda de la fe pública, la garantía de  seguridad jurídica y demás efectos de formalización, oponibilidad, cultura de  la legalidad que se predican del ejercicio notarial”.    

• Revisada la información  demográfica de la ciudad de San Sebastián en forma comparativa con la de  Piamonte, se establece, que la población del municipio de Piamonte según el  Censo DANE 2018 y proyecciones para el 2022 asciende a 9.409 habitantes. Sin  embargo, a pesar del número de habitantes, no se puede desconocer la necesidad  del servicio público notarial que aqueja a los piamonenses,  factores que de conformidad con la ley también deberán ser tenidos en cuenta  para la ampliación del servicio fedatario.    

• El resultado del estudio  comparativo de distancias y tiempos de transporte entre los diversos municipios  que cuentan con un círculo notarial cercano al municipio de Piamonte, demostró  la existencia de un alto grado de dificultad para acceder al servicio notarial  como consecuencia de los trayectos de aproximadamente 15 horas y el alto costo  del trasporte, circunstancias que acarrean la necesidad de una notaría que  garantice a la población piamonense el acceso  efectivo al servicio público notarial.    

• Las cifras de la dinámica  poblacional de Piamonte – Cauca, relacionadas con la actividad agrícola,  ganadera, pesquera, artesanal y comercial que se derivan de una comunidad en  crecimiento, revelan la necesidad de la presencia institucional de una Notaría  para que sus habitantes puedan contar con un servicio de asesoría permanente y  directo que a su vez facilite el acceso a los programas de Gobierno.    

• De acuerdo con las  características heterogéneas expresadas en el presente estudio, el municipio de  Piamonte alberga diversidad de comunidades minoritarias, que reclaman igualdad  y presencia estatal en su región, razón por la cual se hace necesario, en aras  de salvaguardar los derechos y libertades fundamentales, la presencia del  Estado que a través de la figura del notario, entendido como autoridad  gubernamental, coadyuba al cumplimiento de tales finalidades.    

• En el Círculo Registral de  Bolívar – Cauca, al cual pertenece el municipio de Piamonte, según los datos  resultantes del Censo 2018 DANE, hay un número de 42.038 Unidades de Vivienda,  que de manera comparativa con los 17.843 folios de este mismo círculo, muestran  un alto índice de predios sin titulación ni formalización, por lo cual, se hace  necesario emprender acciones que mitiguen dicho fenómeno en la zona, con el fin  de facilitar las metas de saneamiento y formalización de predios, previstas en  el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la  equidad”.    

• La ampliación de las  políticas del catastro multipropósito sobre el municipio de Piamonte – Cauca  requiere de la intervención y asesoría permanente del Notario, quien dentro de  la política de catastro multipropósito es concebido como una de las piedras  angulares de donde proviene la información inicial de los diversos actos  jurídicos que son publicitados en el registro de instrumentos públicos y que  dan certeza jurídica de lo ocurrido en los bienes inmuebles de nuestro país.    

• El municipio de Piamonte  cuenta con una población conformada mayoritariamente por comunidades indígenas,  por tanto, se hace perentorio, a la luz de los mandatos constitucionales, la  presencia del Estado en estos territorios. Los programas que el Estado adelante  en protección de la diversidad étnica, la preservación de sus riquezas  culturales, lenguas y dialectos, usos y costumbre milenarios, así como el  cuidado de su entorno y recursos, exige de una plataforma institucional para el  reconocimiento y registro de diversos actos y para ello el servicio notarial  resulta estratégico.    

• De acuerdo con los fines  esenciales del Estado y teniendo en cuenta la poca presencia de éste en el  municipio de Piamonte, y la obligatoriedad de garantizar los servicios estatales  a las minorías, víctimas del conflicto armado que habitan en el municipio, se  hace necesario acercar el servicio público notarial, al municipio referido.    

• Además, al analizar la  función pública que ejerce el notario, como primer asesor, garante de los  derechos humanos con su valor constitucional y convencional, y velar por los  medios alternativos para la resolución de conflictos en la comunidad regente.  El Notario se erige como una figura de autoridad gubernamental, que coadyuva al  cumplimiento del Estado y sus fines esenciales, en aquellos territorios donde  la legitimidad se vea afectada por las diferentes situaciones sociales, como es  el caso de Piamonte – Cauca.    

• En el mismo sentido, conforme  a los planteamientos de la Ley 1448 de 2011, con  el objetivo de brindar reparación integral a las víctimas y consolidar las  condiciones necesarias para su retorno y garantías de no repetición, se hace  necesario que, a través del SNARIV se brinden los medios e instituciones para  la satisfacción de diversos servicios a favor de la población piamonense, objetivo al cual se suma la SNR con la  recomendación al Gobierno nacional del establecimiento del servicio notarial,  para que atienda y asesore a 4.377 personas víctimas del conflicto”.    

Que mediante oficio OAJ-1537  SNR2021EE094614 del 5 de mayo de 2022, radicado en el Ministerio de Justicia y  del Derecho el 10 de mayo de 2022 con el número MJD-EXT22-0017523, la  Superintendencia de Notariado y Registro de conformidad con las atribuciones  conferidas por el numeral 7 del artículo 11 del Decreto 2723 de 2014,  propuso al Gobierno nacional, la creación del Círculo Notarial del municipio de  Piamonte – Cauca y la creación de la Notaría Única en el mismo Círculo.    

Que el Gobierno nacional  teniendo en cuenta las razones expuestas por la Superintendencia de Notariado y  Registro, establece la necesidad de, (i) Desagregar del Círculo Notarial  de San Sebastián, el municipio de Piamonte, (ii) Crear  el Círculo Notarial en el municipio de Piamonte; el que será su cabecera y la  sede del Notario y, (iii) La creación de la  Notaría Única del Círculo Notarial de Piamonte – Cauca, de tercera categoría,  con el fin de garantizar y facilitar el acceso al servicio público notarial a  la ciudadanía en general y, especialmente, a quienes habitan en este municipio,  permitiéndoles adelantar todos los trámites notariales que requieran, sin  incurrir en mayores desplazamientos y gastos económicos.    

Que de conformidad con lo  dispuesto en el artículo 159 del Decreto Ley 960 de  1970, “Las oficinas de las Notarías estarán ubicadas en sitios de los  más públicos del lugar de la sede notarial y tendrán las mejores condiciones  posibles de presentación y comodidad para los usuarios del servicio”.    

En mérito de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Desagréguese de la  comprensión municipal del Círculo Notarial de San Sebastián – Departamento de  Cauca, el siguiente municipio:    

DEPARTAMENTO: CAUCA   

CÍRCULO NOTARIAL                    

COMPRENSIÓN MUNICIPAL                    

N° DE    MUNICIPIOS                    

No. DE CÍRCULOS                    

CATEGORÍA   

SAN SEBASTIÁN                    

PIAMONTE                    

1                    

1                    

3ª   

TOTAL                    

                     

1                    

1                    

Artículo 2°. La nueva comprensión municipal del Círculo Notarial  de San Sebastián – Departamento de Cauca quedará, así:    

DEPARTAMENTO: CAUCA   

CÍRCULO NOTARIAL                    

COMPRENSIÓN MUNICIPAL                    

No. DE municipioS                    

No. DE CÍRCULOS                    

CATEGORÍA   

SAN SEBASTIÁN                    

SANTA ROSA                    

1                    

1                    

3   

                     

SAN SEBASTIÁN                    

1   

TOTAL                    

                     

2                    

1                    

Artículo 3°. Créase el Círculo  Notarial en el municipio de Piamonte – Departamento de Cauca, cuya comprensión  municipal y categoría será la siguiente:    

DEPARTAMENTO: CAUCA   

CÍRCULO NOTARIAL                    

COMPRENSIÓN MUNICIPAL                    

NO. DE MUNICIPIOS                    

No. DE CÍRCULOS                    

CATEGORÍA   

PIAMONTE                    

PIAMONTE                    

1                    

1                    

3ª   

TOTAL                    

                     

1                    

1                    

Artículo 4°. Créase la Notaría  Única en el Círculo Notarial del municipio de Piamonte, Departamento de Cauca,  de tercera categoría.    

Artículo 5°. La  Superintendencia de Notariado y Registro verificará que el local en donde  funcione la Notaría Única del Círculo Notarial de Piamonte – Cauca, reúna las condiciones  exigidas para la excelente prestación del servicio. En observancia de lo  dispuesto en el artículo 159 del Decreto Ley 960 de  1970.    

Artículo 6°. El presente  Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de  mayo de 2022    

DANIEL PALACIOS MARTÍNEZ    

El Ministro de Justicia y del  Derecho,    

Wilson Ruiz Orejuela    

               

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