DECRETO 080 DE 2021
(enero 25)
D.O. 51.568, enero 25 de 2021
por el cual se aclara el artículo 1° del Decreto 040 de 2021 “por el cual se designa gobernador ad hoc del departamento de Antioquia”.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante auto del 2 de diciembre de 2020, con número de radicación IUS E-2020- 550973, allegado por la Presidencia de la República al Ministerio del Interior a través del PQRSD-065210 del 7 de diciembre de 2020, el Procurador Regional de Antioquia aceptó el impedimento manifestado por el doctor Aníbal Gaviria Correa, para “actuar como Gobernador del departamento de Antioquia y Presidente de la Junta Directiva de la Hidroeléctrica Ituango S. A. ESP, en los asuntos relacionados con Empresas Públicas de Medellín ESP, así como para adelantar cualquier trámite, gestión, participación o demandas relacionadas con EPM”, y asimismo, en el artículo 2° dispuso:
“Segundo. Remitir las presentes diligencias al señor Presidente de la República, para que se sirva designar un Gobernador de Antioquia ad hoc, para que actué (sic), tramite, gestione, intervenga o participe jurídica y fácticamente en los asuntos relacionados con la Hidroeléctrica Ituango S. A. ESP y Empresas Públicas de Medellín ESP.”.
Que en virtud de lo ordenado por el Procurador Regional de Antioquia, en el artículo 2° del Auto del 2 de diciembre de 2020, con número de radicación IUS E-2020- 550973, el Gobierno nacional, mediante Decreto 040 de 15 de enero de 2021, designó como gobernador ad hoc del departamento de Antioquia, al doctor Víctor Manuel Muñoz Rodríguez, identificado con la cédula de ciudadanía número 71.746.766, para actuar, tramitar, gestionar, intervenir o participar jurídica y fácticamente en los asuntos relacionados con la Hidroeléctrica Ituango S. A. ESP y Empresas Públicas de Medellín ESP.
Que mediante radicado EXTMI2021-375 del 18 de enero de 2021, la Procuraduría Regional de Antioquia, allegó copia del auto del 13 del mismo mes y año, con número de radicación IUS E-2020-550973, a través del cual resolvió una solicitud suscrita por el doctor Juan Guillermo Usme Fernández, secretario general de la Gobernación de Antioquia, en el sentido de aclarar el auto del 2 de diciembre de 2020, con número de radicación IUS E- 2020-550973, en los siguientes términos:
“Primero. Aclarar la decisión proferida el 2 de diciembre de 2020, en el sentido de aceptar el impedimento manifestado por el señor ANÍBAL GAVIRIA CORREA, concerniente con su actual calidad de miembro y presidente de la Junta Directiva de Hidroituango S. A. ESP, por su anterior participación en la Junta Directiva de Empresas Públicas de Medellín ESP EPM, como alcalde de Medellín en el período 2012-2015, lo que se circunscribe a .las decisiones de junta de Hidroituango por los eventuales conflictos jurídicos que puedan darse entre las entidades con ocasión al contrato BOOMT”.
Que teniendo en cuenta que, con lo resuelto por la Procuraduría Regional de Antioquia, se puntualizó que la designación del gobernador ad hoc del departamento de Antioquia, concierne específicamente las decisiones que el mismo deba tomar en calidad de miembro y presidente de la Junta Directiva de la Hidroeléctrica Ituango S. A. ESP, por la anterior participación del doctor Aníbal Gaviria Correa en la Junta Directiva de Empresas Públicas de Medellín ESP EPM, como alcalde de Medellín en el período 2012-2015, por los eventuales conflictos jurídicos que puedan darse entre las entidades con ocasión al contrato BOOMT, es necesario aclarar el artículo 1° del Decreto 040 de 2021.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aclaración. Aclarar que la designación del doctor Víctor Manuel Muñoz Rodríguez, identificado con la cédula de ciudadanía número 71.746.766, como gobernador ad hoc del departamento de Antioquia, contenida en el artículo 1 del Decreto 040 de 2021, concierne específicamente a las decisiones que deba tomar en calidad de miembro y presidente de la Junta Directiva de la Hidroeléctrica Ituango S. A. ESP, por la anterior participación del doctor Aníbal Gaviria Correa en la Junta Directiva de Empresas Públicas de Medellín ESP EPM, como alcalde de Medellín en el período 2012-2015, por los eventuales conflictos jurídicos que puedan darse entre las entidades con ocasión al contrato BOOMT.
Artículo 2°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al gobernador ad hoc, al gobernador titular del departamento de Antioquia y a la Procuraduría Regional de Antioquia.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y aclara el artículo 1° del Decreto 040 de 2021.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 25 de enero de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.