DECRETO 791 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 791 DE 2021    

(julio 21)    

D.O. 51.742, julio 21 de 2021    

por el cual se designa Alcalde  ad hoc del municipio de San Luis, departamento de Antioquia.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que el señor Henry Edilson Suárez Jiménez, Alcalde municipal de San Luis,  departamento de Antioquia, mediante oficio con radicado CO6103 de 3 de  diciembre de 2020, remitió copia del Decreto número 100-16-505 de 1 del mismo  mes y año, a través del cual se declaró impedido para “adelantar un trámite  administrativo de CANCELACIÓN DE MEDIDA CAUTELAR 0458 PROHIBICIÓN  ADMINISTRATIVA DEL BENEFICIARIO QUE NO PODRÁ TRANSFERIR, NI DEJAR DE RESIDIR EN  LA VIVIENDA POR 5 AÑOS, elevado por la SEÑORA NUBIA DEL SOCORRO SUÁREZ CASTAÑO  cédula de ciudadanía número 22.007.562”, comoquiera que el mandatario y la  señora Nubia del Socorro Suárez Castaño, son parientes en un cuarto grado de  consanguinidad, razón por la cual, invocó la causal de impedimento prevista en  el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.    

Que mediante auto del 22 de  enero de 2021, con número de radicación E-2020-645211, la Procuradora Regional  de Antioquia (e), aceptó el impedimento manifestado por el señor Henry Edilson Suárez Jiménez, para “desempeñar las funciones como  autoridad administrativa del municipio y en consecuencia tramitar y resolver la  solicitud impetrada por la señora Nubia del Socorro Suárez Castaño, respecto a  la cancelación de medida cautelar 0458 – prohibición administrativa del  beneficiario que no podrá transferir, ni dejar de residir en la vivienda por 5  años (… )”, encontrando configurada la causal de impedimento invocada y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que en virtud del concepto  emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número  20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…)  será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio (…)”, la gobernación del departamento  de Antioquia, mediante correo electrónico de 17 de junio de 2021, allegó al  Ministerio del Interior el Oficio E 2021030240511 de las misma fecha, a través  del cual remitió la hoja de vida del doctor César Augusto Vesga Rodríguez,  funcionario vinculado a la gobernación de Antioquia, para ser designado como  Alcalde ad hoc para el municipio de San Luis, Antioquia.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que, con el fin de dar  cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se  procederá a designar al Alcalde ad hoc del municipio de San Luis,  Antioquia.    

Que de conformidad con el  artículo 66 de la Ley 4a de 1913,  corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación  Alcalde ad hoc de San Luis. Designar como Alcalde ad hoc del municipio San  Luis, Antioquia, al doctor César Augusto Vesga Rodríguez, identificado con la  cédula de ciudadanía número 71.709.253 quien se desempeña en el cargo de  Director Operativo, código 009, grado 01, asignado al Grupo de Trabajo de  Despacho del Secretario de la Secretaría de Minas de la Gobernación de  Antioquia, para conocer y dar trámite a la solicitud impetrada por la señora  Nubia del Socorro Suárez Castaño, consistente en la cancelación de medida  cautelar número 0458, que recae sobre la vivienda ubicada en la calle 21 N.° 20-67/69 del municipio de San Luis, Antioquia, de  conformidad con la parte motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. Posesión. El  Alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la  instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior,  el contenido del presente decreto al Alcalde ad hoc designado en este acto, al  Alcalde titular del municipio de San Luis, a la Gobernación de Antioquia y a la  Procuraduría Regional de Antioquia.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de  julio de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios  Martínez.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *