DECRETO 790 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO  790 DE 2022    

(mayo 16)    

D.O. 52.036, mayo 16 de 2022    

por el cual se hace una designación  en comisión para situaciones especiales a la planta externa del Ministerio de  Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución, artículos  35 al 40, el literal a) del artículo 53 y artículo 62 del Decreto Ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que, el literal b) del artículo  39 del Decreto Ley 274 de  2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a  cada lapso la Dirección de Talento Humano o la dependencia que hiciere sus  veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el desplazamiento  del funcionario en legal forma.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisión.  Comisiónase a la planta interna al señor José Camilo Sandoval Rojas,  identificado con cédula de ciudadanía número 7178142, al cargo de Consejero de  Relaciones Exteriores, código 1012, grado 11, de la planta global del  Ministerio de Relaciones Exteriores.    

Parágrafo 1°. El señor José  Camilo Sandoval Rojas es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular, en la categoría de Ministro Consejero.    

Parágrafo 2°. El término para  el desplazamiento previsto en el parágrafo 1° del artículo 39 del Decreto Ley 274 de  2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los  casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que  pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus  COVID-19.    

Artículo 2°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el  cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio  de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de  Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del  presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de  mayo de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Martha Lucía Ramírez Blanco.    

               

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