DECRETO 787 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 787 DE 2020     

(junio 4)    

D.O. 51.335, junio 4 de 2020    

por el cual se designa un miembro de la Junta Administradora de la  Subcuenta para la Mitigación de Emergencias – COVID-19.    

Nota: Derogado por el Decreto 1061 de 2021,  artículo 2º.    

El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades  Constitucionales y legales en especial las que le confiere el artículo 5° del Decreto  Legislativo 559 del 15 de abril de 2020, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante el Decreto  417 del 17 de marzo de 2020 el Presidente de la República declaró el Estado  de Emergencia Económica, Social y Ecológica, por el término de treinta (30)  días calendario, con fundamento en lo previsto en el artículo 215 de la Constitución Política,  el cual procede cuando sobrevengan hechos que perturben o amenacen perturbar en  forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que  constituyan grave calamidad pública.    

Que en desarrollo de lo previsto en el Decreto  417 del 17 de marzo de 2020, se expidió el Decreto  Legislativo 559 del 15 de abril de 2020, por el cual se crea en el Fondo  Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres la Subcuenta para la Mitigación de  Emergencia -COVID-19- y se establecieron las reglas para su administración.    

Que el artículo 5° del precitado Decreto crea una Junta  Administradora específica para la ejecución de los procesos relacionados con la  Subcuenta para la Mitigación de Emergencias – COVID-19.    

Que el parágrafo 2° del  mismo artículo determina que la Junta Administradora de la Subcuenta para la  Mitigación de Emergencias – COVID-19, estará conformada por: (i) el Gerente de  la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias – COVID-19, quien la presidirá  y, (ii) seis (6) representantes designados por el  Presidente de la República cuya participación será ad honórem.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar como miembro de la Junta Administradora  de la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias – COVID-19, a la doctora  Alejandra Carolina Botero Barco con cédula de ciudadanía número 52451908.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de junio de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de  la República,    

Diego Andrés Molano Aponte.    

               

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