DECRETO 786 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 786 DE 2020     

(junio 4)    

D.O. 51.335, junio 4 de 2020    

por el cual se acepta la renuncia a un  Notario.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus  facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los  artículos 131 de la Constitución Política,  144 numeral 1 del Decreto Ley 960 de  1970, 5 del Decreto Ley 2163  de 1970 y 2.2.6.1.5.3.9 numeral 2 del Decreto 1069 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que la señora Gloria Cecilia Estrada Piedrahíta, identificada  con la cédula de ciudadanía número 41595995 de Bogotá, Notaria Setenta y Siete  (77) en propiedad del Círculo Notarial de Bogotá, nombrada por el Gobierno  nacional mediante Decreto 1722 del 19 de mayo del 2010, renunció al cargo  mediante comunicación de fecha 18 de mayo de 2020, radicada en el Ministerio de  Justicia y del Derecho el 29 de mayo de 2020 con el número MJD-EXT20-0025229.    

Que teniendo en cuenta lo preceptuado en el numeral 1 del  artículo 144 del Decreto Ley 960 de  1970, el cargo de notario se pierde por aceptación de la renuncia.    

Que el numeral 2 del artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto 1069 de 2015,  Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, establece como  una “falta absoluta del notario” la renuncia aceptada.    

Que el artículo 150 del Decreto Ley 960 de  1970 dispone que, “El Notario no podrá separarse del desempeño de sus  funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo”.    

Que de conformidad con la norma anterior, la señora Gloria Cecilia  Estrada Piedrahíta no podrá separarse del desempeño de sus funciones mientras  no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarla.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptación de Renuncia. Aceptase a partir de la  fecha la renuncia presentada por la señora Gloria Cecilia Estrada Piedrahíta,  identificada con la cédula de ciudadanía número 41595995 de Bogotá, al cargo de  Notaria Setenta y Siete (77) en propiedad del Círculo Notarial de Bogotá, D.  C., de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta decisión.    

El presente acto administrativo se comunicará a través de la  Superintendencia de Notariado y Registro.    

Parágrafo. La señora Gloria Cecilia Estrada Piedrahíta no podrá  separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de  ellas quien deba remplazarla.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de junio de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

La Ministra de Justicia y del Derecho,    

Margarita Leonor Cabello  Blanco.    

               

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