DECRETO 772 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO  772 DE 2023     

(mayo 19)    

D.O. 52.400, mayo 19 de 2023    

por el cual se designa alcalde ad  hoc del municipio de Gachancipá, departamento de Cundinamarca.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que, mediante Resolución número  0369 del 14 de diciembre de 2022, la señora Karen Milena León Aroca, alcaldesa  del municipio de Gachancipá, Cundinamarca, manifestó ante la Procuraduría  Regional de Instrucción de Cundinamarca, su impedimento para tramitar la  solicitud de registro como arrendador de inmuebles en el municipio, radicada  por Carlos Eduardo Casallas Fonseca, representante legal de la Inmobiliaria  Servicios León & Casallas S. A.S., invocando las causales de impedimento  previstas en los numerales 1 y 10 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, al  ser la cónyuge del representante legal de la citada compañía.    

Que mediante Auto 0016 del 11  de enero 2023, proferido dentro proceso con radicación IUS: E-2022-740084  /IUC:D-2022-2739350, el Procurador Regional de Instrucción de Cundinamarca  aceptó el impedimento manifestado por la señora Karen Milena León Aroca,  alcaldesa municipal de Gachancipá, departamento de Cundinamarca, para tramitar  la solicitud de registro como arrendador de inmuebles en el citado en  territorial, radicada por Carlos Eduardo Casallas Fonseca, representante legal  de la Inmobiliaria Servicios León & Casallas S. A.S., encontrando  configuradas las causales de impedimento invocadas y, consecuentemente, ordenó  remitir las diligencias al Ministerio del Interior, para la designación del  funcionario ad hoc, conforme a las competencias asignadas al Presidente  de la República por el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913.    

Que en virtud del concepto  emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número  20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que será  de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado  del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera  administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se  encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se  nombra con carácter transitorio […]”, mediante oficios números 036 y CE-2023531045  del 13 y 14 de marzo de 2023, respectivamente, con actualización de documentos  a través de oficio CE-2023544002 del 11 de abril de 2023, la Gobernación del  departamento de Cundinamarca, remitió la hoja de vida de la señora Myriam  Antonieta Caldas Zárate, Asesor de Despacho, código 105, grado 06, funcionaria  vinculada al ente territorial, para ser designada como alcaldesa ad hoc del  municipio de Gachancipá, Cundinamarca.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el artículo 3°  del Código de Procedimiento  Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.    

Que, con el fin de dar  cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se  procederá a designar alcalde ad hoc del municipio de Gachancipá,  departamento de Cundinamarca.    

Que de conformidad con el  artículo 66 de la Ley 4a de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación.  Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de Gachancipá, departamento de  Cundinamarca, a la señora Myriam Antonieta Caldas Zárate, identificada con  cédula de ciudadanía número 52184088, quien se desempeña en el cargo de Asesor  de Despacho, código 105, grado 06, asignado a la Secretaría de Jurídica de la  Gobernación de Cundinamarca, para tramitar la solicitud de registro como arrendador  de inmuebles en el citado ente territorial, radicada por el señor Carlos  Eduardo Casallas Fonseca, representante legal de la Inmobiliaria Servicios León  & Casallas S. A.S., de conformidad con lo señalado en la parte motiva del  presente Decreto.    

Artículo 2°. Posesión. La  alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la  instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior,  el contenido del presente Decreto a la alcaldesa ad hoc designada en este acto,  al alcalde titular del municipio de Gachancipá, departamento de Cundinamarca,  al Gobernador del Departamento de Cundinamarca y a la Procuraduría Regional de  Instrucción de Cundinamarca.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de  mayo de 2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

El Ministro del Interior,    

Luis Fernando Velasco Chaves.    

               

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