DECRETO 740 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO 740 DE 2023     

(mayo 11)    

D.O.  52.392, mayo 11 de 2023    

por el cual se designan  los dos (2) delegados del Presidente de la República en la Junta Administradora  del Fondo DIAN para Colombia.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que  le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  en desarrollo del artículo 55 de la Ley 1955 de 2019, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante el artículo 55 de la Ley 1955 de 2019, por  el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia,  Pacto por la Equidad, se creó el patrimonio autónomo denominado Fondo DIAN  para Colombia administrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público o  por la entidad o entidades que este decida, encargado de la ejecución del  programa de modernización de la Unidad Administrativa Especial Dirección de  Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).    

Que, en relación con la vigencia de las  normas de los Planes de Desarrollo, la Sala de Consulta y Servicio Civil del  Consejo de Estado, en el Concepto 2233 de 2014 expresó: “Este tipo de  disposiciones normativas usualmente se integran a la legislación ordinaria y,  por lo mismo, pueden tener vigencia más allá del periodo cuatrienal de los  planes de desarrollo, en la medida que contienen mandatos de duración  indefinida o para ser aplicadas en el mediano y largo plazo”. (…) Por ello,  se reitera, así como los planes de desarrollo contienen normas a cuya ejecución  se compromete el Estado durante el período respectivo, también es posible  identificar disposiciones que trazan pautas e indicativos a los particulares,  propiciando el cumplimiento de los deberes sociales, con arreglo a la ley y  dirigidos a la vigencia y aplicación de la Carta Política.”.    

Que mediante el Decreto número  1949 de 2019, se adicionaron al Decreto número  1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público,  los artículos que desarrollaron la naturaleza, administración, objeto,  recursos, órganos, junta administradora, funciones de la Junta Administradora,  funciones de la entidad ejecutora, funciones de la entidad fiduciaria, reglamento  operativo, prohibición y pago, de obligaciones de la Nación o de las entidades  territoriales y liquidación del Fondo DIAN para Colombia.    

Que el artículo 2.20.5. del Decreto número  1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público,  definió los órganos para el funcionamiento del Fondo DIAN para Colombia en los  siguientes términos: “Órganos del Fondo. Para la ejecución de los planes,  programas y proyectos del Fondo, así como su funcionamiento, contará con los  siguientes órganos: 1. Junta Administradora; 2. Entidad Ejecutora; y 3. Entidad  Fiduciaria”.    

Que el artículo 2.20.6. del Decreto número  1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público,  estableció que la Junta Administradora del Fondo DIAN para Colombia, estará  integrada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, que será el Presidente  de la Junta, y dos (2) delegados del Presidente de la República.    

Que mediante el Decreto número  1200 de 2020, se designaron como delegados del Presidente de la República  en la Junta Administradora del Fondo DIAN para Colombia, los señores Víctor  Manuel Muñoz Rodríguez cédula de ciudadanía número 71746766 y Silvio Augusto  Ignacio Gaitán Villegas cédula de ciudadanía número 80417145, que ocupaban  respectivamente los cargos de Consejero Presidencial de la Consejería  Presidencial para Asuntos Económicos y Transformación Digital del Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República y representante legal para  asuntos del Patrimonio Autónomo Innpulsa Colombia.    

Que  el señor Silvio Augusto Ignacio Gaitán Villegas cédula de ciudadanía número  80417145 presentó renuncia a su cargo como representante legal para asuntos del  Patrimonio Autónomo Innpulsa Colombia, por lo cual se expidió el Decreto número  1259 de 2021, que modificó el artículo 1° del Decreto número  1200 de 2020, designando al señor Iván Mauricio Durán Pabón cédula de  ciudadanía número 88247700 que ocupaba el cargo de Viceministro de  Transformación Digital del Ministerio de Tecnologías de la Información y las  Comunicaciones.    

Que los señores Víctor Manuel Muñoz  Rodríguez cédula de ciudadanía número 71746766 e Iván Mauricio Durán Pabón  cédula de ciudadanía número 88247700, presentaron la renuncia a los cargos en  mención en el considerando anterior como Director del Departamento Administrativo  de la Presidencia de la República y Viceministro de Transformación Digital del  Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,  respectivamente.    

Que mediante el Decreto  número 1542 del cuatro (4) de agosto de 2022, se aceptó renuncia a partir  del siete (7) de agosto del mismo año, al señor Víctor Manuel Muñoz Rodríguez  cédula de ciudadanía número 71746766, al empleo de Director del Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República, código 1190.    

Que mediante el Decreto  número 1642 del seis (6) de agosto de 2022, se aceptó renuncia a partir del  ocho (8) de agosto del mismo año, al señor Iván Mauricio Durán Pabón cédula de  ciudadanía número 88247700, al empleo de Viceministro código 0020 del  Viceministerio de Transformación Digital, del Ministerio de Tecnologías de la  Información y las Comunicaciones.    

Que se requiere designar los dos (2)  delegados del Presidente de la República en la Junta Administradora del Fondo  DIAN para Colombia.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación de los dos (2)  delegados del Presidente de la República en la Junta Administradora del Fondo  DIAN para Colombia. A continuación se designan como delegados del Presidente de  la República en la Junta Administradora del Fondo DIAN para Colombia al  Viceministro Código 0020 del Viceministerio de Desarrollo Empresarial del  Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, cargo ocupado actualmente por la  señora María Fernanda Valdés Valencia cédula de ciudadanía número 31712341, y  al Director Técnico Código 0100 Grado 22 de la Dirección de Desarrollo Digital  del Departamento Nacional de Planeación, cargo ocupado actualmente por la  señora Viviana Rocío Vanegas Barrero cédula de ciudadanía número 38212855.    

Artículo 2°. Vigencia y derogatoria. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario  Oficial.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de mayo de  2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Ricardo  Bonilla González.    

               

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