DECRETO 738 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 738 DE 2021     

(julio 2)    

D.O. 51.723, julio 2 de 2021    

por el cual se da por terminado  un encargo interinstitucional y se hace un nombramiento.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en  especial las conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia y los artículos 2.2.5.1.1 y 2.2.5.3.4 del Decreto número  1083 de 2015 modificado-por el Decreto número  648 de 2017, y    

CONSIDERANDO:    

Que a través del artículo 2º del Decreto  número 678 de fecha veintidós (22) de junio de 2021, se encargó a la  doctora Olga Lucía Ramírez Duarte, identificada con cédula de ciudadanía número  53166440, Viceministro de Infraestructura Código 0020 del Ministerio de  Transporte, de las funciones del empleo de Director General Nivel 15 Grado 24  de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, sin separarse de las  funciones propias de su empleo y mientras se nombra titular.    

Que se considera necesario dar  por terminado el encargo interinstitucional efectuado y nombrar al doctor Jaír Orlando Fajardo Fajardo,  identificado con cédula de ciudadanía número 79600093, como titular del empleo  de Director General Nivel 15 Grado 24 de la Unidad Administrativa Especial de  Aeronáutica Civil.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Terminación de  Encargo Interinstitucional. Dar por terminado a partir de la fecha, el encargo  de las funciones del empleo de Director General Nivel 15 Grado 24 de la Unidad  Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, a la doctora Olga Lucía Ramírez  Duarte, identificada con cédula de ciudadanía número 53166440, Viceministro de  Infraestructura Código 0020 del Ministerio de Transporte.    

Artículo 2°. Nombramiento.  Nombrar a partir de la fecha, al doctor Jaír Orlando  Fajardo Fajardo, identificado con cédula de ciudadanía  número 79600093, en el empleo de Director General Nivel 15 Grado 24 de la  Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.    

Artículo 3°. Comunicación. El  presente decreto deberá ser comunicado por la Subdirección del Talento Humano  del Ministerio de Transporte a los doctores Olga Lucía Ramírez Duarte y Jaír Orlando Fajardo Fajardo.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de  julio de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Transporte,    

Ángela María Orozco Gómez.    

               

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