DECRETO 736 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO 736 DE 2022    

(mayo 12)    

D.O. 52.032, mayo 12 de 2022    

por el cual se hace un traslado a la planta  externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus  facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el  numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política,  artículos 35 al 40, y el artículo 62 del Decreto ley  número 274 de 2000, y    

CONSIDERANDO    

Que, el literal b) del artículo 39 del Decreto ley  número 274 de 2000, señala que cumplido por el funcionario el término  correspondiente a cada lapso de alternación la Dirección de Talento Humano o la  dependencia que hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas  para disponer el desplazamiento del funcionario en legal forma.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Traslado. Trasládase a la planta externa al señor Francisco Alberto Meneses  Noriega, identificado con cédula de ciudadanía número 80.089.388, al cargo de  Primer Secretario de Relaciones Exteriores, código 2112, grado 19, de la planta  global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General  de Colombia en Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.    

Parágrafo 1º. El señor Francisco Alberto Meneses Noriega es  funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en  la categoría de Primer Secretario.    

Parágrafo 2º. El término para el desplazamiento previsto en el  parágrafo 1º del artículo 39 del Decreto ley  número 274 de 2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser  prorrogado en los casos en que el país de destino no otorgue las condiciones  necesarias para que pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia  del nuevo Coronavirus COVID-19.    

Artículo 2º. Funciones consulares. El señor Francisco Alberto  Meneses Noriega ejercerá las funciones de Cónsul de Primera en el Consulado  General de Colombia en Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del  Norte.    

Artículo 3º. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el  cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del  Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 4º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento  Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente  decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 5º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá D. C., a 12 de mayo de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

Martha Lucía Ramírez Blanco.    

               

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