DECRETO 729 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO  729 DE 2020     

(mayo 26)    

D.O. 51.326, mayo 26 de 2020    

por el cual se hace un traslado a la planta  interna del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le  confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  artículos 35 al 40, y el artículo 62 del Decreto Ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que, el literal b) del artículo 39 del Decreto Ley 274 de  2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a  cada lapso la Dirección de Talento Humano o la dependencia que hiciere sus  veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el desplazamiento  del funcionario en legal forma.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Traslado. Trasládase a la planta  interna a la señora María del Tránsito Bello Torres, identificada con cédula de  ciudadanía número 41604907, al cargo de Ministro Plenipotenciario, código 0074,  grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

Parágrafo 1º. La señora María del Tránsito  Bello Torres es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática  y Consular, en la categoría de Ministro Plenipotenciario.    

Parágrafo 2º. El término para el  desplazamiento previsto en el parágrafo 1º del artículo 39 del Decreto Ley 274 de  2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los  casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que  pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus  COVID-19.    

Artículo  2º. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente  decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones  Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de  Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del  presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 4º. Vigencia. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de mayo de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

Claudia Blum.    

               

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