DECRETO 726 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 726 DE 2021     

(junio 30)    

D.O.  51.721, junio 30 de 2021    

por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Isnos,  departamento del Huila.    

Nota: Derogado por el Decreto 560 de 2022,  artículo 1º.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las  conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4 de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que, mediante escrito enviado vía  correo electrónico a la Procuraduría Regional del Huila, el 19 de abril de  2021, la señora Gaby Angelita Ñáñez Rodríguez,  alcaldesa del municipio de Isnos, departamento del Huila, manifestó su  impedimento para ejercer el debido control y vigilancia de los protocolos de  bioseguridad de los comités promotores de la revocatoria del mandato en curso,  en el citado ente territorial, razón por la cual invocó el artículo 40 de la Ley 734 de 2002 y la Ley 1437 de 2011.    

Que mediante auto de 30 de abril de  2021 con radicación número IUS: E-2021-210483 D- 2021-1853415, el Procurador  Regional del Huila, aceptó el impedimento manifestado por la señora Gaby  Angelita Ñáñez Rodríguez, alcaldesa del municipio de  Isnos, Huila, para “para ejercer el debido control y vigilancia de los  protocolos de bioseguridad de los comités promotores de la revocatoria del  mandato en curso, en el citado ente territorial”, encontrando configuradas las  causales de impedimentos contempladas en el numeral 1º del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y en  el artículo 40 de la Ley 734 de 2002 y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que, en virtud del concepto emitido por  el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del  23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) Será de  competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del  orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera  administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se  encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se  nombra con carácter transitorio (…)”, la gobernación del departamento de  Huila, mediante comunicación de fecha 28 de mayo de 2021, enviada en el  Ministerio del Interior, remitió la hoja de vida del doctor Raúl Rivera Cortez,  el cual se designará como alcalde ad hoc para él municipio de Isnos, Huila.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que, con el fin de dar cumplimiento a  los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a  designar al alcalde ad hoc del municipio de Isnos, Huila.    

Que de conformidad con el artículo 66  de la Ley 4a de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de· funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través  del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación alcalde ad hoc  de Isnos. Designar como alcalde ad hoc del municipio de Isnos, departamento del  Huila, al doctor Raúl Rivera Cortez, identificado con la cédula de ciudadanía  número 12.253.834 quien se desempeña en el cargo de Asesor de despacho, código  105, grado 2 de la Gobernación del Huila, para que desarrolle las funciones  relativas a la vigilancia del cumplimiento de las medidas de bioseguridad para  el manejo y control del Coronavirus Covid-19, en la actividad de recolección de  apoyos adelantada por los comités promotores de las iniciativas de revocatoria  del mandato del alcalde titular del citado ente territorial, de conformidad con  lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad  hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia  que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar,  por intermedio del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto  al alcalde ad hoc designado en este acto, a la alcaldesa titular del municipio  de Isnos, a la gobernación del Huila y a la Procuraduría Regional de Huila.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de junio de  2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro del Interior,    

Daniel  Andrés Palacios Martínez.    

               

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