DECRETO 724 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO  724 DE 2021    

(junio  30)    

D.O.  51.721, junio 30 de 2021    

por el  cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Campoalegre, departamento del  Huila.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones  constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que la  doctora Elizabeth Motta Álvarez, alcaldesa municipal de Campoalegre, Huila,  mediante oficio D.A 100/048-2021 de 26 de abril de 2021, manifestó su  impedimento “para obrar como Jefe de Gobierno y de la Administración del  Municipio de Campoalegre, frente al ejercicio de las funciones de Vigilancia y  Control de los protocolos de Bioseguridad que debe adelantar el Comité  Pro-Revocatoria del mandato adelantando en contra de la suscrita Alcaldesa”,  invocando como causal del impedimento, un concepto emitido por el Ministerio de  Salud y Protección Social el 8 de abril de 2021, en concordancia con el Decreto 539 de 2020.    

Que  mediante Auto 0017 del 6 de mayo de 2021, con radicación número E-2021-232280,  el Procurador Regional del Huila, aceptó el impedimento manifestado por la  señora Elizabeth Motta Álvarez, alcaldesa municipal de Campoalegre, Huila, para  asumir la “vigilancia del cumplimiento de las medidas de bioseguridad para  el manejo y control de riesgo del Coronavirus Covid-19 de los protocolos de  bioseguridad de los comités promotores de la revocatoria del mandato que cursa  en su contra en el municipio de Isnos (sic) y todos los tramites que se  realicen en su desarrollo”, encontrando configurada la causal de  impedimento prevista en el numeral 1º del artículo 11 de la Laye 1437 de 2011  y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que en  virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función  Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual  precisó que “(…) Será de competencia del Presidente de la República  decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo  designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y  remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación  administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”,  mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo la  PQRSD-045063 de 1° de junio de 2021, remitió la hoja de vida del doctor Raúl  Rivera Cortés, funcionario vinculado a la gobernación del Huila, para ser  designado como alcalde ad hoc para el municipio de Campoalegre, Huila.    

Que el  artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad; este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3.    

Que,  con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e  imparcialidad, se procederá a designar al alcalde ad hoc del municipio de  Campoalegre, Huila.    

Que de  conformidad con el artículo 66 de la Ley 4a de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través  del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en  mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Designación alcalde ad hoc de Campoalegre. Designar como alcalde ad hoc del  municipio de Campoalegre, departamento del Huila, al doctor Raúl Rivera Cortés,  identificado con la cédula de ciudadanía número 12253834, quien se desempeña en  el cargo de asesor, código 105, grado 02, dependiente del despacho del  gobernador del Huila, para ejercer la vigilancia del cumplimiento de las  medidas de bioseguridad para el manejo y control de riesgo del Coronavirus  Covid-19 de los protocolos de bioseguridad de los comités promotores de la  revocatoria del mandato que cursa en contra de la doctora Elizabeth Motta  Álvarez, en el municipio de Campoalegre y todos los trámites que se realicen en  su desarrollo, de conformidad con lo expuesto en la parte MOTIVA del presente  decreto.    

Artículo  2. Posesión. El alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del  cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo  3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del  Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc  designado en este acto, al alcalde titular del municipio de Campoalegre, a la  gobernación del Huila y a la Procuraduría Regional del Huila.    

Artículo  4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 30 de junio de 2021.    

IVÁN  DUQUE MÁRQUEZ    

El  Ministro del Interior,    

Daniel  Andrés Palacios Martínez.    

               

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