DECRETO 716 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO 716 DE 2022     

(mayo 10)    

D.O. 52.030, mayo 10 de 2022    

por el cual se designa  alcaldesa ad hoc del municipio de Lejanías, departamento del Meta.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio  OF-DA-441-2021 de 15 de julio de 2021, el señor Óscar Iván Chaparro Suárez,  alcalde del municipio de Lejanías, departamento del Meta, manifestó ante la  Procuraduría regional del Meta su impedimento para conocer, tramitar y otorgar  poder dentro del medio de control de repetición que debe iniciar citado ente  territorial en su contra, con ocasión a lo resuelto por el Juzgado Sexto  Administrativo Oral de Villavicencio en sentencia del 11 de septiembre de 2014,  posteriormente aclarada por el Tribunal Administrativo del Meta, en auto  interlocutorio de 20 de julio de 2019, a través de las cuales se condenó al  municipio y se ordenó el pago de salarios, prestaciones sociales y otros  conceptos, en favor de la señora Amanda Milena Melo López, razón por la cual,  invocó la causal de impedimento prevista en numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.    

Que mediante auto de 3 de  agosto de 2021, posteriormente aclarado a través de providencia de 26 de  octubre de 2021, proferidos dentro del proceso con radicación  IUS-E-2021-385461; IUC-D-2021-1973171, el procurador Regional del Meta, aceptó  el impedimento manifestado por el señor Óscar Iván Chaparro Suárez, alcalde  municipal de Lejanías, Meta, para “representar judicialmente al municipio de  Lejanías dentro de la Acción de Repetición que se adelantará en contra de Óscar  Iván Chaparro Suárez, según lo resuelto por el Juzgado Sexto Administrativo  Oral del Circuito de Villavicencio dentro del proceso bajo radicado número  50001-333-006-2012-00002-00”, encontrando configurada la causal de impedimento  invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad  hoc.    

Que en virtud del concepto  emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número  20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que”(…)  será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante comunicación radicada en el  Ministerio del Interior bajo la PQRSD-0022618 de 25 de marzo de 2022, la doctora  Ángela Milena Lozano Caicedo, secretaria administrativa de la Gobernación del  Meta, remitió, por directriz del señor gobernador, la hoja de vida de la señora  Martha Isabel Serrano García, funcionaria vinculada al mismo ente territorial,  para ser designada como alcaldesa ad hoc del municipio de Lejanías,  Meta.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que, con el fin de dar  cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se  procederá a designar a la alcaldesa ad hoc del municipio de Lejanías,  Meta.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hocen los  casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor  en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través  del radicado número 11001-03- 06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación  alcalde ad hoc de Lejanías. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio  Lejanías, Meta, a la señora Martha Isabel Serrano García, identificada con la  cédula de ciudadanía número 1.121.818.342, quien se desempeña en el cargo de  secretario de despacho, código 020, grado 03, adscrito a la planta de personal  de la Gobernación del Meta, ubicado en la Secretaría de Vivienda, para  representar judicialmente a ese ente territorial dentro de la acción de  repetición que se adelantará en contra del señor Óscar Iván Chaparro Suárez,  según lo resuelto por el Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de  Villavicencio dentro del proceso bajo radicado número 50001-333-006-2012-  00002- 00, de conformidad con lo expresado en la parte motiva del presente  decreto.    

Artículo 2°. Posesión. La  alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la  instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar,  a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el  contenido del presente decreto a la alcaldesa ad hoc designada en este acto, al  alcalde titular del municipio de Lejanías, a la Gobernación de Meta y a la  Procuraduría Regional del Meta.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de  mayo de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios  Martínez.    

               

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