DECRETO 699 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 699 DE 2020    

(mayo 26)    

D.O. 51.326, mayo 26 de 2020    

por el cual se hace un traslado  a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  artículos 35 al 40, y el artículo 62 del Decreto Ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que, el literal b) del artículo  39 del Decreto Ley 274 de  2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a  cada lapso la Dirección de Talento humano o la dependencia que hiciere sus  veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el desplazamiento  del funcionario en legal forma.    

Que en  mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Traslado. Trasládase a la planta externa al señor David Alejandro  Arias Parrado, identificado con cédula de ciudadanía número 1098662270, al  cargo de Tercer Secretario de Relaciones Exteriores, código 2116, grado 11, de  la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado  General de Colombia en Hong Kong, República Popular de China.    

Parágrafo 1º. El señor David  Alejandro Arias Parrado es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular, en la categoría de Tercer Secretario.    

Parágrafo 2º. Funciones  Consulares. El señor David Alejandro Arias Parrado ejercerá las funciones de  Vicecónsul en el Consulado General de Colombia en Hong Kong, República Popular  de China.    

Parágrafo 3º. El término para  el desplazamiento previsto en el parágrafo 1º del artículo 39 del Decreto Ley 274 de  2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los  casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que  pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus  COVID-19.    

Artículo 2º. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto,  se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores  y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3º. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones  Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca  la norma.    

Artículo 4º. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de  mayo de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Claudia Blum.    

               

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