DECRETO 679 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO  679 DE 2023     

(mayo 2)    

D.O. 52.383, mayo 2 de 2023    

por medio del cual se acepta  una renuncia y se hace un encargo.    

Nota:  Ver Decreto 1247 de 2023.    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público de la República de Colombia, delegatario de funciones  presidenciales mediante Decreto  0677 del 1° de mayo de 2023, en uso de sus facultades constitucionales y  legales, y en particular, las previstas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  en los artículos 2.2.5.1.1, 2.2.11.1,3, 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante comunicación del 27 de abril 2023, la doctora  MIRIAM PANTOJA OTERO, identificada con cédula de ciudadanía número 27081781,  presentó renuncia al empleo de Director General Código 0015 Grado 28 de la  Unidad de Planeación de Infraestructura de Transporte, nombrada por medio del Decreto  No. 2105 del treinta y uno (31) de octubre de 2022 y del cual tomó posesión  el primero (1°) de noviembre de 2022.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptación de renuncia.  Aceptar a partir del dos (2) de mayo de 2023, la renuncia presentada por la  doctora MIRIAM PANTOJA OTERO, identificada con cédula de ciudadanía número  27081781, al empleo de Director General Código 0015 Grado 28 de la Unidad de  Planeación de Infraestructura de Transporte.    

Artículo 2°. Encargo. Encargar  a partir del dos (2) de mayo de 2023, al Ingeniero ROGER RODRÍGUEZ MORENO  identificado con cédula de ciudadanía número 86076050, quien es titular del  empleo de Subdirector Código 0040 Grado 22 de la Subdirección de Estudios y  Modelación de la Unidad de Planeación de Infraestructura de Transporte del  empleo de Director General Código 0015 Grado 28 de la Unidad de Planeación de  Infraestructura de Transporte, sin separarse de las funciones propias de su  empleo.    

Artículo 3°. Comunicación. El  presente Decreto deberá ser comunicado por la Subdirección del Talento Humano  del Ministerio de Transporte a MIRIAM PANTOJA OTERO y ROGER RODRÍGUEZ MORENO.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente  Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado a 2 de mayo de 2023.    

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ.    

El Ministro de Transporte,    

William Fernando Camargo  Triana.    

               

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