DECRETO 675 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 675 DE 2020     

(mayo 19)    

D.O. 51.319, mayo 19 de 2020    

por el cual se designa un miembro del sector privado en el Consejo  Directivo del Fondo Adaptación.    

Nota: Derogado por el Decreto 1014 de 2021,  artículo 4º.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral  13 del artículo 189 de la Constitución Política y  en el artículo 2 del Decreto 4819 de 2010,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 2° del Decreto 4819 de 2010  “por el cual se crea el Fondo Adaptación” establece que la Dirección y  Administración del Fondo estará a cargo de un Consejo Directivo, el cual estará  integrado, entre otros, por cinco (5) miembros del sector privado designados  por el Presidente de la República.    

Que el 12 de febrero de 2020, mediante memorando 1-2020-010689,  el Gerente del Fondo Adaptación manifestó la necesidad de designar los miembros  faltantes que acompañan la gestión del Consejo Directivo de dicha Entidad, y  solicitó que se surtiera el trámite pertinente al nombramiento del doctor  Javier Díaz Molina, como miembro del sector privado en el Consejo Directivo del  Fondo Adaptación.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación. Designar en calidad de miembro del  sector privado en el Consejo Directivo del Fondo Adaptación al doctor Javier  Díaz Molina, identificado con la cédula de ciudadanía número 14219115 expedida  en la ciudad de Ibagué.    

Artículo 2°. Comunicación. Por intermedio de la Secretaría  General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, comunicar el contenido de  este Decreto al doctor Javier Díaz Molina y al Fondo Adaptación.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla  Barrera.    

               

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