DECRETO 661 DE 2020
(mayo 13)
D.O. 51.313, mayo 13 de 2020
Por medio del. cual se deroga un nombramiento ordinario en la planta de personal del Fondo Nacional del Ahorro (FNA)
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y reglamentarias, en particular las conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 2004 del 30 de noviembre de 2017 se delegó en el Secretario Jurídico del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República la función de dar posesión a los servidores que hayan sido designados como Jefes de Oficina de Control Interno o de quien haga sus veces, para ejercer el empleo en propiedad en los ministerios, departamentos administrativos, entidades adscritas y vinculadas del orden nacional;
Que mediante el Decreto 281 del 25 de marzo de 2020 se nombró con carácter ordinario a la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares, identificada con cédula de ciudadanía número 37311675, en el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA);
Que por medio del documento del 4 de marzo de 2020, con Radicado 01-2303202003040030382, la División de Gestión Humana del Fondo Nacional del Ahorro (FNA), le comunicó a la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares el Decreto 281 del 25 de marzo de 2020;
Que mediante comunicación del 16 de marzo de 2020, la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares aceptó el nombramiento en el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA);
Que mediante comunicación electrónica del 17 de marzo de 2020, la Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República le informó a la Jefe de División de Gestión Humana del Fondo Nacional del Ahorro que la posesión de la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares se llevaría a cabo el 31 de marzo de 2020 en la Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en virtud de la facultad delegada en la Secretaría Jurídica mediante el Decreto 2004 del 30 de noviembre de 2017;
Que mediante comunicación del 24 de marzo de 2020, enviada a la Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República el 25 de marzo de 2020, la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares solicitó la prórroga del plazo para la posesión en el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), con fundamento en el artículo 2.2.5.1.7. del Decreto 1083 de 2015;
Que mediante el oficio del 26 de marzo de 2020 con Radicado OFI20-00042270, la Secretaría Jurídica reprogramó la diligencia de posesión de la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares en el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137; Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) para el 14 de abril de 2020, en la que se manifestó: “Lo anterior, teniendo en cuenta (i) que la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares solicitó la prórroga del plazo para la posesión en el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), mediante comunicación del 24 de marzo de 2020, enviada por correo electrónico a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República el 25 de marzo de 2020; (ii) en el aislamiento preventivo obligatorio ordenado mediante el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020, y (iii) en el Decreto 2004 del 30 de noviembre de 2017”;
Que mediante la comunicación del 4 de abril de 2020 con Radicado EXT20-00042305, dirigida a la Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares rechazó su nombramiento para el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), efectuado mediante el Decreto 281 del 25 de febrero de 2020, de la siguiente manera: “[…] considero prudente y responsable manifestar que, en aras de no incurrir en una conducta que perjudique a la entidad o me perjudique personalmente RECHAZO el nombramiento en el cargo para el cual fui designada mediante Decreto 281 de 2020, para así dar continuidad funciones que ejerzo en el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD de COLOMBIA y he venido cumpliendo hasta el día de hoy”;
Que el artículo 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 establece: “Plazos para la posesión. Aceptado el nombramiento, la persona designada deberá tomar posesión del empleo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. término podrá prorrogarse, por escrito, hasta por noventa (90) días hábiles más, si el designado no residiere en el lugar de ubicación del empleo, o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora”;
Que la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República no prorrogó la diligencia de posesión del empleo de Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) fijada para el día 14 de abril de 2020;
Que según certificación del 27 de abril de 202, expedida por el Jefe del Área de Tecnologías y Sistemas de la Información de la Presidencia de la República, se informó que “una vez consultada la base de datos del sistema de registro de ingreso de visitantes a la Casa de Nariño, N[sic]o se encuentran registros del ingreso de la señora Cielo del Socorro Castilla Pallares, identificada con la cédula de ciudadanía número 37311675 entre el día 25 de febrero de 2020 y las 16:30 horas del 27 de abril de 2020”, de lo cual se concluye que la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares no se presentó para el acto de posesión ante la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República el 14 de abril de 2020;
Que el artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015 establece: “La autoridad nominadora deberá derogar el nombramiento, cuando: 1. La persona designada no manifiesta la aceptación del nombramiento, no acepta, o no toma posesión del empleo dentro de los plazos señalados en la Constitución, la ley o el presente Título. 2. No sea viable dar posesión en los términos señalados en el presente Título. 3. La administración no haya comunicado el nombramiento. 4. Cuando la designación se ha hecho por acto administrativo inadecuado”;
Que en concepto del 20 de abril de 2020 con Radicado 20205000150621, radicado en la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República el 21 de abril de 2020, el Departamento Administrativo de la Función Pública manifestó que “[…] la derogatoria del nombramiento por parte del nominador procede cuando se configure alguna de las siguientes situaciones 1. La persona designada no manifiesta la aceptación del nombramiento o no lo acepta. Aspecto que no se presenta en el caso en estudio, toda vez que, mediante oficio del 16 de marzo de 2020, la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares de forma expresa, aceptó el nombramiento en el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), efectuado mediante Decreto 281 del 25 de febrero de 2020 por el señor Presidente de la República. Razón por la cual, dentro de los términos de ley, tal como se indica en su comunicación, se le informa la fecha de posesión del empleo, la cual fue prorrogada a solicitud de la interesada. 2. La persona designada no toma posesión del empleo dentro de los plazos señalados en la Constitución, la ley o en el citado Decreto 1083 de 2015. Situación que se configura en el caso en estudio, toda vez que la citada doctora Cielo, no se posesionó y, por el contrario, envío comunicación a la Secretaría Jurídica de Presidencia con Radicado EXT20-00042305 del 4 de abril de 2020, en donde rechaza su nombramiento en el empleo de Jefe de Control Interno del FNA. Por lo anteriormente expuesto, en criterio de esta Dirección Técnica, el nominador se encuentra facultado para derogar el acto administrativo de nombramiento, generando de esta manera la vacancia del empleo y quedando facultado para efectuar un nuevo nombramiento”;
Que con base en los hechos expuestos, resulta procedente aplicar el artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015, que establece que la autoridad nominadora deberá derogar el nombramiento, cuando la persona designada no toma posesión del empleo dentro de los plazos señalados en la Constitución, la ley o en el Decreto 1083 de 2015, máxime cuando la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares ha rechazado de manera expresa su nombramiento como Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) por medio de la comunicación del 4 de abril de 2020 con Radicado EXT20-00042305, dirigida a la Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República;
En virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1º. Derogatoria. Derogar el Decreto 281 del 25 de febrero de 2020, mediante el cual se nombró con carácter ordinario a la señora Cielo del Socorro Castilla Pallares, identificada con cédula de ciudadanía número 37311675, en el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA).
Artículo 2°. Comunicación. Por intermedio de la División de Gestión Humana del Fondo Nacional del Ahorro (FNA), comunicar el presente decreto a la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de mayo de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.