DECRETO 661 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 661 DE 2020    

(mayo 13)    

D.O. 51.313, mayo 13 de 2020    

Por medio del. cual se deroga un nombramiento  ordinario en la planta de personal del Fondo Nacional del Ahorro (FNA)    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio  de las facultades constitucionales y legales y reglamentarias, en particular  las conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  2004 del 30 de noviembre de 2017 se delegó en el Secretario Jurídico del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República la función de dar  posesión a los servidores que hayan sido designados como Jefes de Oficina de  Control Interno o de quien haga sus veces, para ejercer el empleo en propiedad  en los ministerios, departamentos administrativos, entidades adscritas y  vinculadas del orden nacional;    

Que mediante el Decreto  281 del 25 de marzo de 2020 se nombró con carácter ordinario a la doctora  Cielo del Socorro Castilla Pallares, identificada con cédula de ciudadanía  número 37311675, en el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno, Código  0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA);    

Que por medio del documento del 4 de marzo de  2020, con Radicado 01-2303202003040030382, la División de Gestión Humana del  Fondo Nacional del Ahorro (FNA), le comunicó a la doctora Cielo del Socorro  Castilla Pallares el Decreto  281 del 25 de marzo de 2020;    

Que mediante comunicación del 16 de marzo de  2020, la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares aceptó el nombramiento en  el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el  Fondo Nacional del Ahorro (FNA);    

Que mediante comunicación electrónica del 17  de marzo de 2020, la Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República le informó a la Jefe de División de Gestión Humana  del Fondo Nacional del Ahorro que la posesión de la doctora Cielo del Socorro  Castilla Pallares se llevaría a cabo el 31 de marzo de 2020 en la Secretaría  Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en  virtud de la facultad delegada en la Secretaría Jurídica mediante el Decreto  2004 del 30 de noviembre de 2017;    

Que mediante comunicación del 24 de marzo de  2020, enviada a la Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia  de la República el 25 de marzo de 2020, la doctora Cielo del Socorro Castilla  Pallares solicitó la prórroga del plazo para la posesión en el empleo de Jefe  de Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del  Ahorro (FNA), con fundamento en el artículo 2.2.5.1.7. del Decreto 1083 de 2015;    

Que mediante el oficio del 26 de marzo de  2020 con Radicado OFI20-00042270, la Secretaría Jurídica reprogramó la  diligencia de posesión de la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares en el  empleo de Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137; Grado 19 en el Fondo  Nacional del Ahorro (FNA) para el 14 de abril de 2020, en la que se manifestó:  “Lo anterior, teniendo en cuenta (i) que la doctora Cielo del Socorro Castilla  Pallares solicitó la prórroga del plazo para la posesión en el empleo de Jefe  de Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del  Ahorro (FNA), mediante comunicación del 24 de marzo de 2020, enviada por correo  electrónico a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República el 25 de  marzo de 2020; (ii) en el aislamiento preventivo  obligatorio ordenado mediante el Decreto  457 del 22 de marzo de 2020, y (iii) en el Decreto  2004 del 30 de noviembre de 2017”;    

Que mediante la  comunicación del 4 de abril de 2020 con Radicado EXT20-00042305, dirigida a la  Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República, la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares rechazó su  nombramiento para el empleo de Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137,  Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), efectuado mediante el Decreto  281 del 25 de febrero de 2020, de la siguiente manera: “[…] considero  prudente y responsable manifestar que, en aras de no incurrir en una conducta  que perjudique a la entidad o me perjudique personalmente RECHAZO el  nombramiento en el cargo para el cual fui designada mediante Decreto 281 de 2020,  para así dar continuidad funciones que ejerzo en el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD  de COLOMBIA y he venido cumpliendo hasta el día de hoy”;    

Que el artículo 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015  establece: “Plazos para la posesión. Aceptado el nombramiento, la persona  designada deberá tomar posesión del empleo dentro de los diez (10) días hábiles  siguientes. término podrá prorrogarse, por escrito, hasta por noventa (90) días  hábiles más, si el designado no residiere en el lugar de ubicación del empleo,  o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora”;    

Que la Secretaría Jurídica de la Presidencia  de la República no prorrogó la diligencia de posesión del empleo de Jefe de  Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del  Ahorro (FNA) fijada para el día 14 de abril de 2020;    

Que según certificación  del 27 de abril de 202, expedida por el Jefe del Área de Tecnologías y Sistemas  de la Información de la Presidencia de la República, se informó que “una vez  consultada la base de datos del sistema de registro de ingreso de visitantes a  la Casa de Nariño, N[sic]o se encuentran registros del ingreso de la señora  Cielo del Socorro Castilla Pallares, identificada con la cédula de ciudadanía  número 37311675 entre el día 25 de febrero de 2020 y las 16:30 horas del 27 de  abril de 2020”, de lo cual se concluye que la doctora Cielo del Socorro  Castilla Pallares no se presentó para el acto de posesión ante la Secretaría  Jurídica de la Presidencia de la República el 14 de abril de 2020;    

Que  el artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015  establece: “La autoridad nominadora deberá derogar el nombramiento, cuando: 1.  La persona designada no manifiesta la aceptación del nombramiento, no acepta, o  no toma posesión del empleo dentro de los plazos señalados en la Constitución,  la ley o el presente Título. 2. No sea viable dar posesión en los términos  señalados en el presente Título. 3. La administración no haya comunicado el  nombramiento. 4. Cuando la designación se ha hecho por acto administrativo inadecuado”;    

Que en concepto del 20  de abril de 2020 con Radicado 20205000150621, radicado en la Secretaría  Jurídica de la Presidencia de la República el 21 de abril de 2020, el Departamento  Administrativo de la Función Pública manifestó que “[…] la derogatoria del  nombramiento por parte del nominador procede cuando se configure alguna de las  siguientes situaciones 1. La persona designada no manifiesta la aceptación del  nombramiento o no lo acepta. Aspecto que no se presenta en el caso en estudio,  toda vez que, mediante oficio del 16 de marzo de 2020, la doctora Cielo del  Socorro Castilla Pallares de forma expresa, aceptó el nombramiento en el empleo  de Jefe de Oficina de Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo  Nacional del Ahorro (FNA), efectuado mediante Decreto  281 del 25 de febrero de 2020 por el señor Presidente de la República.  Razón por la cual, dentro de los términos de ley, tal como se indica en su  comunicación, se le informa la fecha de posesión del empleo, la cual fue  prorrogada a solicitud de la interesada. 2. La persona designada no toma  posesión del empleo dentro de los plazos señalados en la Constitución, la ley o  en el citado Decreto 1083 de 2015.  Situación que se configura en el caso en estudio, toda vez que la citada  doctora Cielo, no se posesionó y, por el contrario, envío comunicación a la  Secretaría Jurídica de Presidencia con Radicado EXT20-00042305 del 4 de abril  de 2020, en donde rechaza su nombramiento en el empleo de Jefe de Control  Interno del FNA. Por lo anteriormente expuesto, en criterio de esta Dirección  Técnica, el nominador se encuentra facultado para derogar el acto  administrativo de nombramiento, generando de esta manera la vacancia del empleo  y quedando facultado para efectuar un nuevo nombramiento”;    

Que con base en los hechos expuestos, resulta  procedente aplicar el artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015,  que establece que la autoridad nominadora deberá derogar el nombramiento,  cuando la persona designada no toma posesión del empleo dentro de los plazos  señalados en la Constitución, la ley o en el Decreto 1083 de 2015,  máxime cuando la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares ha rechazado de  manera expresa su nombramiento como Jefe de Oficina de Control Interno, Código  0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA) por medio de la  comunicación del 4 de abril de 2020 con Radicado EXT20-00042305, dirigida a la  Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República;    

En virtud de lo anterior,    

DECRETA:    

Artículo 1º.  Derogatoria. Derogar el Decreto  281 del 25 de febrero de 2020, mediante el cual se nombró con carácter  ordinario a la señora Cielo del Socorro Castilla Pallares, identificada con  cédula de ciudadanía número 37311675, en el empleo de Jefe de Oficina de  Control Interno, Código 0137, Grado 19 en el Fondo Nacional del Ahorro (FNA).    

Artículo 2°. Comunicación. Por intermedio de  la División de Gestión Humana del Fondo Nacional del Ahorro (FNA), comunicar el  presente decreto a la doctora Cielo del Socorro Castilla Pallares.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de mayo de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

               

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